La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo suspendió de manera cautelar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 62/2025, mediante el cual el Gobierno de Javier Milei había prohibido el acceso de personas menores de 18 años a tratamientos hormonales contemplados en la Ley de Identidad de Género. La decisión restablece provisoriamente la vigencia plena de esa norma y obliga a obras sociales, empresas de medicina prepaga y hospitales públicos a garantizar la continuidad de los tratamientos.

La medida fue adoptada por la Sala V del tribunal al hacer lugar a un recurso presentado por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), que impulsa una acción judicial para que el decreto sea declarado inconstitucional. La suspensión tendrá efecto en todo el territorio nacional hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión.

El DNU, publicado en febrero de 2025, modificó el artículo 11 de la Ley 26.743 de Identidad de Género e impuso una prohibición absoluta para que menores de edad accedieran a intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales destinados a adecuar su cuerpo a su identidad de género autopercibida.

En su resolución, los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani consideraron que el Poder Ejecutivo no acreditó la existencia de circunstancias de necesidad y urgencia que justificaran modificar mediante un decreto una ley aprobada por el Congreso. También señalaron que el Gobierno no explicó por qué era necesario restringir un derecho reconocido por la legislación vigente.