NoticiaLa Sala de Primera Instancia concluyó que la medida de aseguramiento prima sobre su interés de asumir la curul.Representante Karen Manrique Foto: @KarenManriqueOPERIODISTA JUDICIAL16.07.2026 17:01 Actualizado: 16.07.2026 17:01
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia negó la solicitud de la exrepresentante Karen Astrith Manrique Olarte para salir temporalmente de la cárcel y posesionarse el próximo 20 de julio como representante a la Cámara por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz (Citrep) para el periodo 2026-2030.La congresista, procesada dentro del caso de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), había pedido autorización para ser trasladada bajo custodia militar al Capitolio con el único fin de prestar juramento, firmar el acta de posesión y regresar inmediatamente al centro de reclusión. Argumentó que no buscaba recuperar la libertad ni modificar la medida de aseguramiento, sino ejercer el cargo para el que fue elegida democráticamente. También alegó que conserva la presunción de inocencia y, por tanto, sus derechos políticos permanecen intactos.Sin embargo, la Corte concluyó que la medida de aseguramiento que pesa sobre Manrique impide acceder a esa petición.Según el auto, cuando la Sala Especial de Instrucción ordenó su detención preventiva consideró que su libertad representaba un riesgo para la comunidad, por la gravedad de los delitos investigados, la posibilidad de que persistiera la actividad delictiva y la necesidad de proteger la función pública, la confianza en el Congreso y la integridad del proceso judicial. Por eso, la Sala advirtió que autorizar su salida, aunque fuera por unas horas, comprometería los fines constitucionales de esa medida cautelar.Los magistrados aclararon que la detención preventiva no equivale a una condena ni implica la pérdida automática de los derechos políticos. No obstante, señalaron que esa circunstancia no elimina el carácter cautelar de la medida ni las restricciones que impone mientras permanezca vigente. Además, recordaron que la propia Cámara de Representantes suspendió su condición de congresista mediante una resolución expedida el pasado 10 de junio, en cumplimiento de la decisión judicial que ordenó su detención.La Corte también explicó que la legislación penitenciaria solo permite traslados o permisos excepcionales para personas privadas de la libertad en situaciones específicas, como comparecer ante una autoridad judicial, recibir atención médica o asistir al fallecimiento o grave enfermedad de un familiar cercano. La posesión en un cargo de elección popular no hace parte de esos supuestos.Aunque recordó que, en algunos casos excepcionales, la jurisprudencia ha flexibilizado esas reglas para proteger derechos fundamentales, concluyó que esa posibilidad no aplica en este caso porque la restricción de la libertad está directamente relacionada con el ejercicio de la función congresional y los fines que busca proteger la medida de aseguramiento siguen vigentes. Por esa razón, declaró improcedente el permiso solicitado por la congresista. Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.











