La justicia ha asestado un golpe directo al entorno personal del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Su hermano, David Sánchez, ha sido condenado a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa por las supuestas irregularidades en su contratación, en 2017, en la Diputación de Badajoz. La Audiencia Provincial ha impuesto la misma pena a otros nueve acusados, mientras que Miguel Ángel Gallardo, expresidente de la Diputación de Badajoz y anterior líder del PSOE extremeño, es el único condenado a 18 años de inhabilitación al atribuirle dos delitos de prevaricación. El tribunal ha descartado el tráfico de influencias, delito que era el núcleo de la investigación y sobre el que los magistrados concluyen por unanimidad que no se ha acreditado. Otras acusaciones incluidas en la denuncia inicial del pseudosindicato Manos Limpias que fue el origen de la causa en 2024, como las de delito fiscal, ya quedaron descartadas durante la instrucción de la causa.La sentencia, que será recurrida por algunas acusaciones y por los condenados, se conoce en un momento especialmente complejo para el Gobierno, con numerosos frentes judiciales abiertos por los casos de corrupción que salpican al PSOE. Y es un revés especialmente duro para Pedro Sánchez y su entorno familiar, ya que su esposa, Begoña Gómez, está a un paso del banquillo tras la polémica investigación del juez Juan Carlos Peinado. La sentencia se conoce además ocho meses después de que el Tribunal Supremo condenara a dos años de inhabilitación al exfiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de secretos, y menos de un mes más tarde de que el exministro José Luis Ábalos recibiera una pena de 24 años y tres meses de cárcel por corrupción.02:10La reacción del PSOE a la sentencia del hermano de Sánchez: "Son inocentes"Rebeca Torró, secretaria de organización del PSOEVídeo: EPV.El Gobierno se ha apresurado a defender la inocencia de David Sánchez. Con crudeza se ha expresado el ministro de Transportes, Óscar Puente, que ha denunciado que se pretende “derribar” al Ejecutivo por vías distintas a las urnas. “Esta época se estudiará en los libros de Historia como aquella en la que se tensaron las costuras de nuestras instituciones más esenciales”, ha señalado Puente en un mensaje en la red social X. El PSOE, por su parte, ha hablado de “cacería” contra el entorno del presidente.La pena de inhabilitación supone que los 11 condenados perderán de manera definitiva el empleo o cargo público que tuvieran ―David Sánchez y Luis Carrero renunciaron a sus puestos en 2025, durante la investigación― y la imposibilidad de acceder a otro similar durante el tiempo de la misma, así como a presentarse como candidatos en procesos electorales, el llamado sufragio pasivo. La Fiscalía y las defensas habían pedido la absolución de Sánchez, de Gallardo y del resto de encausados, mientras que algunas acusaciones, entre ellas las que ejercían PP y Vox, habían elevado al final de la vista sus peticiones de pena hasta los seis años de cárcel. El fallo considera que los condenados participaron, como autores materiales o como cooperadores necesarios, en las maniobras que desembocaron en tres hechos que consideran delictivos: el nombramiento de David Sánchez como coordinador de actividades de los conservatorios de la Diputación de Badajoz; el posterior cambio de nomenclatura de esta plaza; y la contratación en 2023 por el mismo organismo público de su amigo Luis Carrero. El tribunal sustenta buena parte de su argumentación en los informes de la Unidad Central Operativa (UCO), en los que se analizaron los miles de correos electrónicos intervenidos durante la investigación, lo que reduce a la irrelevancia los testimonios de más de una treintena de testigos que declararon en el juicio y que aseguraron que no hubo ninguna irregularidad en la adjudicación de los puestos y que David Sánchez y Carrero cumplieron las tareas encomendadas. Para el tribunal, estos testigos, al ser en “su mayoría altos cargos integrantes de una estructura administrativa local de pequeña entidad, piramidal y fuertemente jerarquizada” como es la diputación pacense, no cumplen “con los necesarios requisitos de credibilidad y verosimilitud, habida cuenta de que sus declaraciones suelen estar previamente preparadas y ausentes de la deseable espontaneidad y veracidad”.Los magistrados admiten que “no ha quedado probado [...] que persona o personas determinadas ejercieran presión o influencia sobre los acusados” ―por ello absuelven a todos del delito de tráfico de influencias―, pero apuntan varias posibilidades que los propios jueces afirman que no han quedado constatadas durante el juicio. Por un lado, que la decisión se tomara “a petición de este último [David Sánchez] o de persona o personas del entorno” o que surgiera de los propios responsables de la Diputación pacense para favorecer a este “por su relación de parentesco con quien era una figura política señera y futuro secretario general del PSOE”, Pedro Sánchez. En la época en que se creó el puesto, Sánchez acababa de ser defenestrado como líder de los socialistas.“Lo determinante es la creación, insistimos, de puestos de alta dirección pensados en el exclusivo interés de persona próxima a quien ostentaría la Presidencia del Gobierno y era ya una figura política de primer orden; la adaptación de dicha plaza a las apetencias personales de su adjudicatario y la creación de un nuevo puesto con el exclusivo designio de traer a la Diputación de Badajoz a un colaborador de aquel, y ello con independencia del devenir profesional de sus adjudicatarios y sin atender a las necesidades de la cosa pública”, recalca el tribunal.“Un plan preconcebido”En la sentencia, de 377 páginas, el tribunal concluye que existen “múltiples” indicios de que ninguno de los acusados era ajeno al “plan delictivo ideado por las más altas instancias” y que todos ellos actuaron “en connivencia” y siguiendo un “plan preconcebido” para “pergeñar los actos arbitrarios” que permitieron crear las plazas con “opacidad e irregularidad” con el único fin de “favorecer” al hermano del presidente y Carrero. En este sentido, añaden que el expediente administrativo para crear el puesto que finalmente ocupó David Sánchez fue elaborado con el único fin de revestir de legalidad una decisión tomada de antemano. Y recalcan que los criterios que se utilizaron para valorar a los candidatos se fijaron cuando ya se conocían los currículos de todos ellos y que en los mismos se primaron los méritos del hermano del presidente. Algo similar planea en la adjudicación de otra plaza, que tildan de “innecesaria y huérfana de funciones”, a Carrero, que entonces estaba destinado en el Palacio de La Moncloa. “Los acusados conocían la injusticia de la resolución y pusieron en marcha un plan urdido para lograr la contratación administrativa de los acusados [David Sánchez y Carrero] como personal directivo. De tal manera diseñó un procedimiento ad hoc, dirigido a crear los puestos —inexistentes hasta entonces en el organigrama administrativo— cuya creación no era ni urgente ni necesaria”, recalca el fallo. La Sala concluye que los procedimientos y controles fueron “puramente cosméticos” y que tanto la plaza que se adjudicó a David Sánchez como la de Carrero se pusieron al servicio de fines particulares. Puestos, destaca el fallo, que eran costeados con fondos públicos para que ambos pudieran dedicarse “a las actividades que se les antojaran, sin control alguno”.Sobre el cambio de denominación del puesto finalmente adjudicado a David Sánchez, de coordinador de los conservatorios de la provincia por el de responsable de la Oficina de Artes Escénicas, el tribunal concluye que este supuso “una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo verificada con el propósito de adaptarlas a las apetencias personales de aquel por las actividades operísticas, dotándole de cuantiosas partidas presupuestarias al efecto”. La sentencia habla literalmente de que con ello se creó un “traje a medida” al hermano del presidente y que, para ello, los responsables de la Diputación volvieron a intervenir para “dar apariencia de legalidad” a todo el proceso. La sentencia califica como de “especial relevancia” y “sumamente ilustrativa” la declaración en el juicio del teniente coronel Antonio Balas, máximo responsable del departamento anticorrupción de la UCO, junto a un capitán de su unidad, en la que explicaron el análisis que hicieron de los emails intervenidos y sus conclusiones. De hecho, el fallo calca en buena parte tanto la tesis central como la cronología que recogían los documentos policiales, y en los que se apuntaba que la plaza no había surgido de una necesidad real y que se aceleró que se cubriera.En este sentido, el fallo reproduce muchos de los mensajes que los agentes destacaron durante la vista, como los correos electrónicos en los que el director de un conservatorio se refería a David Sánchez como “el hermanísimo” al hablar de una supuesta adjudicación amañada, la respuesta de “estupendo” de Gallardo a otro cargo al hablar de los plazos para adjudicar el puesto o los mensajes entre el hermano del presidente y Carrero sobre la futura incorporación de este último a la diputación. No obstante, la sentencia incide en que la decisión no se sustenta únicamente en los informes de la UCO, sino que también ha tenido en cuenta la documentación incorporada a la causa o los interrogatorios durante la vista. Los magistrados incluyen una crítica al tráfico de influencias, a pesar de que la condena no considera probado este delito, al afirmar que la sociedad quiere que “los escasos recursos públicos, pagados con los impuestos de todos, se destinen a cubrir necesidades reales” y que las plazas de empleo público que se crean sean ocupadas “por los mejores en las funciones que se les reclaman, los de mayor mérito y capacidad de entre los aspirantes”. “El nepotismo ―afirman― es una práctica consistente en el trato de favor o enchufismo hacia familiares o amigos en orden a la obtención de puestos, ascensos o beneficios, ignorando los principios de igualdad, mérito y capacidad". Y añaden que esta práctica “daña la salud democrática, fomenta la corrupción y la desigualdad de oportunidades”.
Condenado David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación
La Audiencia de Badajoz descarta el tráfico de influencias e impone 18 años de inhabilitación al exlíder del PSOE extremeño Miguel Ángel Gallardo










