Casarse en separación de bienes no impide que el viudo o la viuda tenga derechos sobre la herencia. La notaria María Cristina Clemente advierte de que el régimen económico matrimonial y los derechos sucesorios son cuestiones diferentes, una confusión que puede acabar provocando importantes conflictos familiares. En un vídeo publicado en las redes sociales de Notaría Buendía, la experta explica que algunas parejas, especialmente aquellas con hijos de relaciones anteriores, toman esta decisión con una idea equivocada: “Pactan separación de bienes porque piensan que así no se van a heredar el uno al otro”. Su intención es que el patrimonio de cada cónyuge llegue únicamente a sus respectivos descendientes. Sin embargo, Clemente aclara que “la separación de bienes no evita la legítima del cónyuge viudo”. En la mayor parte de España, el esposo o la esposa superviviente tiene la condición de heredero forzoso, independientemente de que el matrimonio estuviera sujeto al régimen de gananciales o separación de bienes. Este derecho no implica necesariamente recibir la propiedad plena de los bienes. Habitualmente, la legítima del cónyuge viudo consiste en un usufructo sobre una parte de la herencia. Además, no es necesario que los hijos del fallecido sean comunes, ya que lo determinante es mantener la condición de viudo o viuda en el momento del fallecimiento. La notaria también descarta que los cónyuges puedan resolver esta situación mediante una renuncia anticipada a sus futuros derechos hereditarios. “En la mayor parte de España las renuncias futuras son nulas de pleno derecho”, señala Clemente, por lo que un acuerdo firmado en vida no permite eliminar la legítima que reconoce la ley. La alternativa para reducir posibles enfrentamientos pasa por hacer testamento y planificar correctamente la herencia. Aunque la legítima del viudo no puede suprimirse, sí es posible delimitar sobre qué bienes recaerá el usufructo, como el domicilio conyugal, o transformarlo en dinero para evitar que afecte a determinados elementos del patrimonio. Casarse en separación de bienes no impide que el viudo o la viuda tenga derechos sobre la herencia. La notaria María Cristina Clemente advierte de que el régimen económico matrimonial y los derechos sucesorios son cuestiones diferentes, una confusión que puede acabar provocando importantes conflictos familiares.
María Cristina Clemente, notaria: “Pactan separación de bienes porque piensan que así no se van a heredar el uno al otro"
La separación de bienes regula el patrimonio durante el matrimonio, pero no elimina los derechos sucesorios del cónyuge viudo








