NoticiaDenis Cruz se pronunció tras el fallo que confirmó la responsabilidad de la institución en la muerte del joven de 18 años. Hermana de Dilan Cruz habló tras condena de tribunal a la Policía por su muerte en medio de una protesta Foto: REDES SOCIALESPERIODISTA10.07.2026 15:38 Actualizado: 10.07.2026 15:38
La hermana de Dilan Mauricio Cruz, Denis Zayury Cruz Medina, se pronunció luego de que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmara la responsabilidad de la Nación, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional por la muerte del joven ocurrida durante las protestas de noviembre de 2019. LEA TAMBIÉN A través de una historia publicada en su cuenta de Instagram, aseguró que la decisión judicial representa un reconocimiento a lo sucedido, aunque enfatizó que no cambia la pérdida de su familia. "No hay sentencia que pueda devolverme a mi hermano", escribió, y añadió que sí existen "decisiones que dignifican su memoria y reconocen lo que ocurrió". En el mismo mensaje afirmó que, con el fallo, siente que "al menos, la justicia dio un paso".Plantón por Dilan Cruz Foto:César Melgarejo. EL TIEMPO.El pronunciamiento se conoció después de que el Tribunal diera a conocer los fundamentos de la sentencia de segunda instancia, mediante la cual ratificó la responsabilidad administrativa de la Policía Nacional por los hechos que terminaron con la muerte de Dilan Cruz. La decisión fue adoptada por la Sección Tercera, Subsección A, que concluyó que existió una falla en el servicio relacionada con el uso del arma disparada por un integrante del entonces Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad), el cual se disolvió durante el gobierno de Gustavo Petro y pasó a ser la Unidad de Diálogo y Acompañamiento a la Manifestación Pública. Mensaje de Denis Cruz. Foto:REDES SOCIALESEl alto tribunal indicó que la institución clasificó el arma utilizada como "menos letal", pero "no informó adecuadamente a sus uniformados sobre su potencial capacidad de causar la muerte", situación que, según el fallo, impidió valorar correctamente "los principios de necesidad, proporcionalidad y racionalidad en el uso de la fuerza".Lo que dice la condena del Tribunal: responsabiliza a la Policía Nacional y ordena a director de la institución a disculparseEl pasado 4 de julio ya se había conocido parte del contenido de la decisión judicial. En esa oportunidad trascendió que el Tribunal confirmó la condena emitida en 2024 por el Juzgado 62 Administrativo del Circuito de Bogotá y accedió a una de las solicitudes formuladas por la familia de Dilan Cruz como medida de reparación. En consecuencia, ordenó que el comandante de la Policía Nacional, general William Rincón, realice un acto público de reconocimiento institucional de responsabilidad y presente disculpas a los familiares dentro de los 30 días siguientes a la ejecutoria del fallo.La decisión del tribunal. Foto:Archivo cedido a EL TIEMPODe acuerdo con el comunicado divulgado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca este 10 de julio, la corporación determinó que las pruebas reunidas durante el proceso "no evidenciaban un escenario de violencia que justificara el empleo de una fuerza capaz de causar la muerte de una persona". Asimismo, recordó que "el ejercicio legítimo del derecho convencional y constitucional a la protesta, no puede constituir causa eficiente para que ninguna autoridad estatal afecte otros derechos fundamentales", como la vida o la dignidad humana. El documento también precisó que Dilan Cruz ejercía su derecho a la protesta cuando ocurrió el hecho y sostuvo que devolver gases lacrimógenos lanzados por el entonces Esmad "no legitimaba el uso de un arma potencialmente letal". LEA TAMBIÉN En la providencia de segunda instancia, la Sala explicó que el proceso correspondió a los recursos de apelación presentados contra la sentencia expedida el 10 de octubre de 2024 por el Juzgado 62 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá. Ese fallo había declarado administrativamente responsable a la Nación - Ministerio de Defensa - Policía Nacional por los daños ocasionados a la familia de Dilan Mauricio Cruz Medina y había ordenado el reconocimiento de indemnizaciones por perjuicios morales. Posteriormente, el Tribunal revisó el caso y modificó algunos de los montos reconocidos a los familiares.En la imagen, Dilan Cruz, manifestante muerto en protesta en 2019. Foto:Archivo El Tiempo y Particular.Durante el trámite judicial, según quedó consignado en la sentencia publicada por el Tribunal, los demandantes solicitaron que se declarara la responsabilidad de la entidad "por la muerte del joven a causa del uso del arma de dotación escopeta calibre 12 por parte de un capitán de la Policía Nacional grupo especial anti disturbios Esmad". También pidieron indemnizaciones por perjuicios morales y por daño a la vida en relación, además de la actualización de las condenas conforme al salario mínimo vigente al momento del pago. Se debe recordar que el agente que disparó fue identificado como Manuel Cubillos Rodríguez, quien en 2024 fue sancionado por la Procuraduría a pagar 14 millones de pesos de multa por el homicidio.El fallo también recoge la posición asumida por la entidad demandada durante el proceso. La Policía Nacional sostuvo que "la lesión de Dilan Cruz no fue causada por un arma de fuego, sino por un cartucho de impacto disparado con un arma menos letal". Además, argumentó que el joven participaba activamente en la manifestación, negó que el agente hubiera apuntado directamente contra una persona y afirmó que la actuación institucional buscaba restablecer el orden público. Sin embargo, esas excepciones fueron descartadas por el Tribunal al resolver la segunda instancia.En la parte resolutiva, la corporación decidió "DECLARAR NO PROBADAS las excepciones planteadas por la parte demandada" y mantuvo la responsabilidad administrativa de la Nación, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional. Asimismo, incrementó las indemnizaciones por perjuicios morales, fijando una reparación equivalente a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la madre de Dilan Cruz y de 75 salarios mínimos para cada uno de sus hermanos y su abuelo. LEA TAMBIÉN Otra de las medidas incluidas en la decisión consiste en ordenar al comandante de la Policía Nacional que lleve a cabo un acto público de reconocimiento institucional de responsabilidad. En ese evento, según dispuso el Tribunal, deberá aclararse que Dilan Cruz "se encontraba desarrollando su derecho convencional y constitucional a la protesta" cuando fue impactado por una munición disparada desde un arma oficial y que "ningún manifestante, por ejercer su derecho legítimo a la protesta pacífica, debe ser sujeto pasivo de acciones que atenten contra su integridad, su dignidad y su vida".En el comunicado oficial, la corporación también informó que descartó la existencia de concurrencia de culpas por parte del manifestante y consideró que el expediente constituye "una grave violación de los derechos humanos". LAURA NATHALIA QUINTERO. REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS. Sigue toda la información de Bogotá en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.









