Varias sombras parecen chapotear en alta mar. En el oscuro horizonte de la noche ceutí se distinguen algunas cabezas que se desplazan desde la costa marroquí hacia la ciudad española, rodeando uno de los espigones que separan Marruecos de Ceuta. En la orilla, un dispositivo policial los espera, mientras varias lanchas rastrean las aguas. Cuando los migrantes se acercan, los agentes los detienen y los trasladan hasta la frontera, donde se les pierde el rastro.

Esta escena se repite con frecuencia en la frontera del Tarajal durante muchas madrugadas en Ceuta. La Guardia Civil y la Policía realizaban estas devoluciones sin ocultarlas, tanto de día como de noche. Según reconocían los agentes y la Delegación del Gobierno local, la orden consistía en expulsar a todas las personas interceptadas, salvo aquellas que aparentaban ser menores. Era una práctica sistemática. Hasta esta semana, cuando una sentencia del Tribunal Supremo ha confirmado su ilegalidad y ha empujado a las fuerzas de seguridad a dejar de aplicarla.

La resolución del Tribunal Supremo interpreta que la Ley de Extranjería no permite las “devoluciones en caliente” a los migrantes interceptados en alta mar cuando intentan acceder a nado a Ceuta y Melilla. En el fallo, los jueces de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo han dado la razón a un ciudadano argelino que fue devuelto a Marruecos en noviembre de 2024, junto a otras dos personas, cuando intentaban alcanzar la costa de Ceuta. El denunciante fue apoyado jurídicamente por las organizaciones Coordinadora de Barrios, No Name Kitchen y el Servicio Jesuita a Migrantes (SJM).