Bruselas (EuroEFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó este jueves que las obras culturales pueden publicarse en los países europeos donde hayan expirado sus derechos de autor aunque haya otros en los que sigan protegidas, siempre que los primeros apliquen bloqueos geográficos «eficaces» para evitar su consulta ilegal.

El caso se refiere a la publicación en línea del testimonio sobre el Holocausto de Ana Frank, cuyos derechos de autor posee el Fondo Ana Frank fundado por su padre en 1963 como único superviviente de la familia tras la ocupación nazi de Países Bajos.

La Fundación Ana Frank, una entidad separada del Fondo que gestiona el museo en Ámsterdam, publicó en 2021 gratuitamente y en línea una edición científica de los manuscritos de Ana Frank, protegidos en Países Bajos hasta el año 2037 pero de dominio público en muchos otros países, como Bélgica.

Pese a que la Fundación había aplicado un bloqueo geográfico que impedía la consulta de los manuscritos desde los países donde aún están protegidos por derechos de autor, el Fondo solicitó judicialmente el cese de dicha difusión.

Medida eficaz de bloqueo geográfico