La justicia europea ha rechazado la pretensión de Apple de no ser considerado una de las grandes empresas de los mercados digitales en Europa y, por tanto, no tener las exigencias adicionales que les corresponde de acuerdo con la legislación europea. La decisión del Tribunal General de la UE, que no es firme, desestima todos los argumentos que el gigante tecnológico estadounidense. Este pretendía que sus cinco tiendas de aplicaciones informáticas (las App Store que hay en sus diferentes dispositivos) fueran consideradas servicios distintos, con lo que no alcanzarían los umbrales mínimos para tener que asumir esas obligaciones. Con este fallo de la primera instancia de la justicia europea, se ratifica la decisión de la Comisión Europea que designó a Apple como guardián del mercado por la App Store instalada en sus móviles, tabletas, relojes, ordenadores y televisiones, al considerar que constituye “un servicio básico de plataforma”. “Independientemente de los dispositivos de que se trate, estas tiendas persiguen una finalidad idéntica”, explican los jueces de Luxemburgo haciendo suyos los argumentos del Ejecutivo de la UE. “Las diferencias invocadas por Apple [...] no justifican la distinción entre varios servicios básicos de la plataforma”, señalan. El reglamento de los mercados digitales (DMA por sus siglas en inglés) establece los umbrales mínimos que debe tener en cuenta la Comisión para designar a una empresa tecnológica como un guardián de acceso a los mercados, con las consiguientes consecuencias para las compañías designadas. Estos requisitos son tener, al menos, 45 millones de usuarios y una facturación mínima durante los últimos tres años en el espacio económico europeo (la UE más Noruega, Islandia y Liechtenstein) de 7.500 millones de euros en cada uno de los últimos tres años o un valor bursátil superior a los 75.000 millones. Estas compañías, además, deben operar en la UE, lo que sucede cuando está presente en un mínimo de tres Estados miembros.Apple es una de las empresas que se ha resistido a esta designación en los tribunales, como también Bytedance, matriz de Tiktok, y Meta, casa madre de Facebook, WhatsApp o Instagram. Y, con el resultado de hoy, el Tribunal General se están inclinando mayoritariamente por darle la razón a la Comisión. Es lo que pasó en el caso de Bytedance. Con Meta, en cambio, hubo una decisión salomónica: se desestimó el recurso por el servicio de Messenger y, por el contrario, se atendió al de Marketplace. Todas estas sentencias, no obstante, no son firmes y falta todavía un pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la UE, el de órgano superior que fijará la jurisprudencia de acuerdo al DMA, un reglamento todavía reciente. Este reglamento impone obligaciones específicas a estas empresas para garantizar que hay una competencia real en los mercados digitales. Estos gigantes, por su tamaño y presencia en el mercado, así como su posición hegemónica en muchos puntos de la cadena de distribución desde que un usuario entra en Internet hasta que accede a un servicio determinado, tienen un riesgo potencial alto de vulnerar las normas que regulan los mercados con sus decisiones. Basándose en esta norma, la Comisión ha obligado a Apple a abrir el sistema operativo de sus dispositivos, el iOS y iPadOS, para que otras empresas puedan fabricar dispositivos que sean interoperables con los que construye la compañía estadounidense. Por ejemplo, para que un teléfono iPhone sea compatible con unos auriculares de otro fabricante. Fue una de las primeras decisiones de Bruselas con el DMA y supone un cambio sustancial, ya que fuerza a la empresa a cambiar su modelo de negocio, sustentado en un ecosistema cerrado entre los aparatos tecnológicos y los programas informáticos que se implantan para utilizarlos (sistemas operativos, aplicaciones). También se le impuso una multa de 500 millones hace poco más de un año. La lógica que sigue este reglamento es similar al de servicios digitales (DSA, por sus siglas en inglés): imponer obligaciones a los gigantes digitales por su riesgo potencial, en el caso del DMA en los mercados y en el DSA por los contenidos de las plataformas electrónicas. Lo que sucede es que la mayor parte de las empresas afectadas son estadounidenses o chinas, hay menos europeas (solo Booking, en el caso del DMA). Esto ha provocado una decisión bastante airada de la Administración de Estados Unidos, que acusa a la UE de tener una posición proteccionista y antiestadounidense con estas normas.
La justicia europea rechaza eximir a Apple de las obligaciones adicionales por ser una gran empresa del sector
La compañía tecnológica había recurrido la decisión de la Comisión de designarla como guardián de acceso en la UE por sus tiendas de aplicaciones












