El magistrado defiende su posición ante la Audiencia de Madrid tras un recurso de queja de la defensaEl juez Juan Carlos Peinado camina cerca de los Juzgados de Plaza Castilla en Madrid, en una imagen de archivo. Andrea ComasEl juez Juan Carlos Peinado no se mueve ni un milímetro y mantiene su decisión de retirar el pasaporte a Begoña Gómez y prohibirle salir de España. En un escrito enviado a la Audiencia Provincial de Madrid para responder a un recurso presentado por la defensa (que alegó que la esposa de Pedro Sánchez, jefe del Ejecutivo, se encuentra escoltada y vigilada en todo momento por policías encargados de la seguridad), el magistrado justifica su posición y añade ahora que “no sería la primera ocasión en la que un presidente del Gobierno de un Estado miembro de la Unión Europea, Italia, se fuga” ante “un procedimiento de una trama de corrupción a un país del continente africano (Túnez)”. “Quien sin duda dispondría de escolta”, dice Peinado en una resolución fechada el 30 de junio (antes de coger vacaciones).El magistrado instructor, que acordó el pasado 20 de junio abrir juicio oral a la pareja de Sánchez y restringir sus movimientos, no explicita el nombre del político italiano que usa como ejemplo. Pero se refiere al socialista Bettino Craxi, que encabezó el consejo de ministros de la República entre 1983 y 1987, antes de caer en desgracia por su implicación en numerosos casos de corrupción. Realmente, Craxi no huyó a Túnez siendo presidente, sino que lo hizo en los noventa, años después de dejar el cargo de primer ministro.Peinado aprovecha también este escrito para matizar sus palabras sobre la posibilidad de que los escoltas —que son agentes en activo de la Policía Nacional— colaboren en una supuesta fuga de Begoña Gómez. “En modo alguno se ha tratado de ofender o menospreciar”, afirma el juez en referencia a los funcionarios, después de generar un enorme malestar en el Cuerpo y las críticas de los sindicatos policiales —así como el inicio de los trámites en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para abrirle expediente—. El instructor justifica su argumento en que existen “elementos individuales” dentro de la institución que “no cumplen adecuadamente con sus obligaciones”. “[Si no], carecería de sentido la existencia de la Unidad de Asuntos Internos, creada precisamente por este motivo”, remacha.[Noticia en elaboración. Habrá actualización pronto]Archivado EnEspañaBegoña Gómez FernándezJuan Carlos PeinadoInvestigación judicialJuecesUCMJuiciosPSOE