La Comisi�n Europea propone una amplia reforma para reducir cargas administrativas, facilitar la inversi�n transfronteriza, reforzar la competitividad del mercado interior y simplificar el enrevesado marco normativo.Consciente de la complejidad del marco fiscal europeo y de los costes de cumplimiento de las obligaciones fiscales a nivel transfronterizo, la Comisi�n Europea ha puesto sobre la mesa una de las reformas m�s ambiciosas de los �ltimos a�os en materia de fiscalidad directa. Su objetivo es claro: simplificar un marco normativo cada vez m�s complejo, reducir costes de cumplimiento para las empresas y eliminar algunas de las fricciones fiscales que siguen dificultando la actividad transfronteriza dentro de la Uni�n Europea. La iniciativa, presentada el 24 de junio de 2026, supone la mayor revisi�n del acervo fiscal comunitario en m�s de una d�cada y llega en un momento en que la agenda de competitividad ocupa el centro del debate pol�tico en Bruselas.El paquete se articula en torno a dos grandes iniciativas. Por un lado, una propuesta de simplificaci�n de la normativa de fiscalidad directa —el denominado "Tax Omnibus"— que modifica varias directivas clave, entre ellas la Directiva Matriz-Filial, la Directiva de Intereses y C�nones, la Directiva de Fusiones, la Directiva contra la Elusi�n Fiscal (conocida como ATAD), la Directiva sobre mecanismos de resoluci�n de litigios y la Directiva FASTER sobre retenciones en la fuente. Por otro, una refundici�n de las normas de cooperaci�n administrativa en materia fiscal (conocidas como "DAC"), que consolidar�a en un �nico texto las sucesivas reformas aprobadas desde 2011 —el denominado "DAC Recast"—.La Comisi�n estima que el conjunto de medidas podr�a generar ahorros anuales de unos 8.000 millones de euros para las empresas europeas, de los cuales aproximadamente 3.300 millones corresponder�an a menores costes administrativos. M�s all� de las cifras, el mensaje pol�tico es relevante: Bruselas quiere que la fiscalidad deje de ser un obst�culo para el funcionamiento del mercado interior.La gran novedad: el fin de las retenciones en la fuente entre empresas de la UEEl plato fuerte de la propuesta Tax Omnibus —y tambi�n el m�s lejano en el tiempo— es la supresi�n de las retenciones en la fuente sobre los pagos transfronterizos de dividendos, intereses y c�nones entre empresas de la UE. La propuesta pretende eliminar los umbrales m�nimos de participaci�n que actualmente condicionan la aplicaci�n de las exenciones previstas en la Directiva Matriz-Filial y en la Directiva de Intereses y C�nones.As�, las distribuciones de dividendos entre sociedades de la UE podr�an beneficiarse de la exenci�n de retenci�n con independencia del porcentaje de participaci�n. La propuesta tambi�n prev� extender expresamente el �mbito de la Directiva Matriz-Filial a los fondos de pensiones, con independencia de su forma jur�dica, lo que podr�a facilitar la inversi�n institucional transfronteriza.De forma paralela, se suprimir�a el concepto de �empresa asociada� en la Directiva de Intereses y C�nones, incluido el umbral de participaci�n del 25%, como condici�n para la exenci�n. Los pagos de intereses y c�nones entre empresas de la UE podr�an beneficiarse de la exenci�n con independencia del nivel de participaci�n entre ellas. Al eliminar los requisitos procedimentales iniciales y simplificar los procesos de devoluci�n, la medida facilitar�a la financiaci�n, fomentar�a la inversi�n y mejorar�a la competitividad. La Comisi�n estima que esta medida por s� sola deber�a aportar a los contribuyentes de la UE ahorros y beneficios de alrededor de 5.300 millones de euros anuales.Esta simplificaci�n vendr�a acompa�ada de salvaguardas frente a situaciones de doble no imposici�n. En particular, los Estados miembros deber�an denegar la exenci�n o la deducci�n cuando el perceptor est� situado en una jurisdicci�n sin impuesto sobre sociedades o con tipo cero, salvo que resulte aplicable un impuesto m�nimo dom�stico cualificado o el grupo est� dentro del �mbito del Pilar Dos.Tanto en el caso de la Directiva Matriz-Filial como en el de la Directiva de Intereses y C�nones, se pretende eliminar los controles ex ante exigidos por algunos Estados miembros para la aplicaci�n de esta exenci�n, sin perjuicio de las correspondientes revisiones ex post. Asimismo, se actualizar�a el listado de entidades con acceso a los beneficios de ambas directivas y se habilitar�a a la Comisi�n para ampliar dicho listado con el fin de reflejar nuevas formas jur�dicas que puedan ser introducidas por los Estados miembros.ATAD: mayor armonizaci�n y coordinaci�n con Pilar DosLa Comisi�n aprovecha este paquete de reformas para intentar resolver varias de las tensiones acumuladas con el Pilar Dos y armonizar normas que los Estados miembros hab�an implementado de forma muy dispar.As�, la Comisi�n propone homogeneizar con mayor intensidad la regla de limitaci�n de intereses, convirtiendo en obligatorio el umbral del 30% del EBITDA y el umbral de minimis de 3 millones de euros. Tambi�n se prev� que la excepci�n de grupo pase a ser obligatoria, lo que permitir�a una mayor deducibilidad cuando el nivel de endeudamiento de la entidad est� alineado con el del grupo al que pertenece. Destaca tambi�n la exclusi�n de los pr�stamos de terceros genuinos: los costes de endeudamiento de pr�stamos con partes no vinculadas empleados para financiar las propias actividades del prestatario quedar�an fuera del �mbito de la norma, salvo que se utilizasen para prestar a otras empresas del grupo o financiar aportaciones de capital dentro del grupo. Por tanto, los modelos t�picos de financiaci�n centralizada de grupos seguir�an dentro del �mbito de la norma de limitaci�n.La propuesta introduce adem�s ajustes relevantes en materia de sociedades extranjeras controladas. En particular, los grupos sujetos al Pilar Dos quedar�an exentos de estas reglas, al considerar la Comisi�n que ambos sistemas persiguen objetivos similares: evitar que rentas de baja tributaci�n escapen a un nivel m�nimo de imposici�n. Tambi�n se excluir�a a las pymes, dado que en la pr�ctica apenas se ven afectadas por ellas, y se simplificar�a el marco europeo eliminando el Modelo B —el enfoque basado en precios de transferencia para mecanismos no genuinos— por considerar que ofrece un valor a�adido limitado, convirtiendo el Modelo A —centrado en categor�as espec�ficas de rentas pasivas— en el �nico enfoque aplicable en toda la UE.En la misma l�nea de simplificaci�n, Bruselas propone suprimir las reglas sobre h�bridos importados, una de las �reas m�s complejas de la normativa antiabuso europea y especialmente gravosa para los grupos con estructuras internacionales.I+D, reorganizaciones y litigios fiscalesComo novedad destacada, el paquete incorpora igualmente un est�ndar m�nimo europeo en materia de deducci�n de gastos vinculados a investigaci�n y desarrollo. La propuesta permitir�a la deducibilidad �ntegra del gasto en determinados activos tangibles utilizados directamente en actividades de I+D, ya sea en el ejercicio en que se incurra o de forma diferida durante los cuatro ejercicios siguientes. Se prev� que la implantaci�n de esta medida aumente el PIB de la UE en torno a un 0,2% anual, impulsando as� el crecimiento econ�mico.Se actualizar�a la Directiva de Fusiones para adaptarla a la evoluci�n del derecho societario europeo. Se incluir�an expresamente figuras como la fusi�n simplificada, la escisi�n por separaci�n y las transformaciones transfronterizas, con el objetivo de alinear el tratamiento fiscal de las reorganizaciones con las nuevas posibilidades societarias existentes en la UE.En materia de resoluci�n de litigios fiscales, la Comisi�n propone ajustes procedimentales para acelerar el acceso al arbitraje y facilitar la presentaci�n de reclamaciones por los contribuyentes afectados. Aunque se trata de cambios menos llamativos, pueden tener importancia pr�ctica en controversias complejas de doble imposici�n.La refundici�n DAC: menos papel, m�s coherenciaLa segunda gran pieza del paquete es la refundici�n de las directivas de cooperaci�n administrativa. Desde 2011, el marco DAC se ha ido ampliando de forma sucesiva para cubrir cuentas financieras, informaci�n pa�s por pa�s, mecanismos transfronterizos potencialmente agresivos, plataformas digitales, criptoactivos y obligaciones vinculadas al Pilar Dos. La Comisi�n propone consolidar todas estas normas en un �nico texto y, al mismo tiempo, reducir determinadas cargas de informaci�n.Entre las medidas m�s relevantes destaca la exenci�n plena de la obligaci�n de reporte DAC6 para los grupos en el �mbito del Pilar Dos, siempre que ning�n beneficio del grupo reduzca la tributaci�n por debajo del tipo m�nimo del 15%. Para los grupos no sujetos al Pilar Dos, se eliminar�an adem�s ciertos indicadores gen�ricos de DAC6, que generan un elevado volumen de declaraciones pero aportan, seg�n la Comisi�n, un valor limitado a las administraciones tributarias. Asimismo, se ampliar�a el plazo de declaraci�n de 30 a 90 d�as y se actualizar�an las normas sobre el secreto profesional en respuesta a la jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia de la Uni�n Europea: los cambios aclarar�an en qu� casos los intermediarios amparados por el secreto profesional pueden quedar exentos de la obligaci�n de notificaci�n y c�mo se aplicar�an las correspondientes obligaciones de comunicaci�n a los clientes.En materia de plataformas digitales, la propuesta simplifica las obligaciones de reporte bajo DAC7, elevando determinados umbrales y reduciendo la carga para operaciones de menor entidad.Por otra parte, la refundici�n propuesta de la DAC simplificar�a las notificaciones vinculadas al informe pa�s por pa�s y al Pilar Dos, sustituyendo flujos separados por una notificaci�n �nica armonizada.Finalmente, se introducir�a una nueva herramienta de verificaci�n de los n�meros de identificaci�n de los contribuyentes para garantizar que las administraciones tributarias puedan identificar de manera eficiente y eficaz a todos los contribuyentes notificados, y se ampliar�a el concepto de �informaci�n disponible� de modo que los Estados miembros pudieran acceder no solo a la informaci�n en poder de las autoridades tributarias, sino tambi�n a la que figure en otros registros y bases de datos de las administraciones p�blicas nacionales, incluyendo la actualizaci�n del acceso a la informaci�n sobre titularidad real y a los registros de cuentas bancarias.Principales impactos en Espa�aEl paquete de simplificaci�n tiene implicaciones directas y de calado para los grupos empresariales espa�oles con presencia internacional.En primer lugar, en materia de limitaci�n de intereses, Espa�a no aplica actualmente la excepci�n de grupo que permite a las empresas deducir una cantidad mayor de costes de endeudamiento si su nivel de apalancamiento es coherente con el del grupo al que pertenecen. Al pasar a ser obligatoria esta excepci�n, Espa�a se ver�a obligada a modificar su Ley del Impuesto sobre Sociedades, lo que abrir�a una v�a de optimizaci�n fiscal hasta ahora vedada para muchos grupos con sede en nuestro pa�s. Adem�s, Espa�a tendr�a que ampliar su regla de minimis (se incrementar�a hasta los 3 millones frente al mill�n actual).En segundo lugar, la eliminaci�n de retenciones en origen dentro de la UE reforzar�a la eficiencia de las estructuras de inversi�n y financiaci�n transfronterizas. Esto ser�a especialmente relevante para grupos espa�oles con filiales europeas, as� como para estructuras de tenencia de participaciones, incluidas las entidades de tenencia de valores extranjeros (ETVEs), en la medida en que se reducir�an fricciones en la repatriaci�n de dividendos, intereses o c�nones.En tercer lugar, la exenci�n de las reglas de transparencia fiscal internacional para los grupos en el �mbito del Pilar Dos aliviar�a la carga de cumplimiento de los grandes grupos espa�oles ya sujetos al impuesto m�nimo global, evitando la doble aplicaci�n de mecanismos con objetivos equivalentes.Por �ltimo, en materia de DAC6, Espa�a es uno de los Estados miembros con mayor volumen de declaraciones presentadas en los �ltimos ejercicios. La eliminaci�n de los indicadores gen�ricos de Categor�a A y la exenci�n para los grupos bajo Pilar Dos reducir�an de forma significativa las obligaciones de los asesores fiscales y grupos espa�oles, con el consiguiente ahorro de costes de cumplimiento.Aplicaci�n temporal de los cambiosLa Comisi�n prev� una aplicaci�n gradual de las medidas propuestas: las simplificaciones de la presentaci�n de informaci�n DAC6 a partir del 1 de enero de 2028; las modificaciones de ATAD, FASTER y la Directiva de Resoluci�n de Mecanismos de Litigios a partir del 1 de enero de 2029; la refundici�n completa de la DAC a partir del 1 de enero de 2030. Los cambios m�s amplios de la propuesta Tax Omnibus, esto es, la exenci�n total de la retenci�n en la fuente sobre los pagos intracomunitarios dentro de la UE —que son precisamente los que se espera que tengan mayor impacto—, quedar�an aplazados hasta el 1 de enero de 2037, dando a los Estados miembros un amplio periodo de adaptaci�n.Los obst�culos del camino: la unanimidadDesde el inicio de su mandato, la simplificaci�n —y no solo en materia de fiscalidad— ha sido una de las prioridades fundamentales del trabajo de la Presidencia irlandesa del Consejo, que ya ha presentado m�s de doce paquetes omnibus. La Presidencia actual apuesta por cambiar la cultura reguladora de Europa: normas m�s claras, sencillas y f�ciles de entender y cumplir para las empresas, que faciliten la inversi�n, la innovaci�n y el crecimiento del mercado �nico sin renunciar a la protecci�n contra el abuso fiscal.La Presidencia irlandesa del Consejo tiene la ambici�n de concluir las negociaciones sobre la refundici�n de la DAC antes de diciembre de 2026, y espera avanzar en la iniciativa Tax Omnibus, aunque el trabajo continuar� en 2027.Sin embargo, el principal obst�culo sigue siendo el de siempre: la fiscalidad directa requiere unanimidad en el Consejo. Esto significa que cada Estado miembro conserva, en la pr�ctica, capacidad de bloqueo. Adem�s, algunas de las medidas —en particular la eliminaci�n de retenciones en la fuente— pueden tener implicaciones recaudatorias relevantes para determinados pa�ses.Por ello, aunque la propuesta marca una direcci�n pol�tica clara, su alcance final depender� de la negociaci�n entre Estados miembros. Es probable que algunas medidas avancen antes que otras y que el texto sufra ajustes durante el proceso legislativo.En cualquier caso, el mensaje de Bruselas es dif�cil de ignorar: si la Uni�n Europea quiere competir como mercado integrado, necesita tambi�n una fiscalidad directa menos fragmentada, m�s previsible y menos costosa de cumplir. El reto ser� comprobar si los Estados miembros est�n dispuestos a ceder parte de su margen nacional para hacerlo posible.
Bruselas lanza la mayor reforma fiscal de la �ltima d�cada en materia de fiscalidad directa y cooperaci�n entre administraciones
Consciente de la complejidad del marco fiscal europeo y de los costes de cumplimiento de las obligaciones fiscales a nivel transfronterizo, la Comisi�n Europea ha puesto sobre la...






