Noticia Exclusivo suscriptores Aunque determinó que la pareja tenía dinero lícito para comprarla, consideró que no actuó con la diligencia necesaria para verificar su procedencia.La historia del lujoso predio en El Poblado que perdió René Higuita tras ser declarado de origen ilícito por sus vínculos con el Cartel de Medellín Foto: Archivo Particular.07.07.2026 10:13 Actualizado: 07.07.2026 10:25

El exarquero de la Selección Colombia José René Higuita perdió una casa ubicada en el barrio El Poblado de Medellín, luego de que el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio concluyera que el inmueble provenía de actividades del narcotráfico y ordenara que pasara a manos del Estado.EL TIEMPO conoció la sentencia del 3 de julio de este año, dentro de un proceso de extinción de dominio, un mecanismo previsto en la Constitución que permite al Estado quitar la propiedad de un bien, sin indemnización, cuando se demuestra que tuvo origen ilícito. El inmueble figuraba a nombre de Higuita y de su esposa, Magnolia Regina Echeverri Hernández.Una historia que comenzó hace casi 30 añosEl proceso se originó por una denuncia presentada en 1997 por Albeiro de Jesús Cuartas Castañeda, quien relató amenazas, extorsiones y varios hechos violentos contra su familia por la disputa de esa vivienda, que había pertenecido a su padre, Gustavo Cuartas Rendón.A partir de esa denuncia, la Fiscalía reconstruyó la historia del inmueble. Su hipótesis fue que Gustavo Cuartas Rendón, tío de William y Gerardo 'Kiko' Moncada —socios de Pablo Escobar dentro del Cartel de Medellín— actuó como testaferro y puso la casa a su nombre para ocultar bienes adquiridos con dinero del narcotráfico.El exarquero de la Selección Colombia, René Higuita. Foto:Archivo particularSegún el expediente, tras la muerte violenta de Cuartas Rendón alguien falsificó su firma para transferir la propiedad a María Victoria Montoya Álzate. Cinco meses después, esa misma casa pasó a manos de José René Higuita y Magnolia Echeverri mediante una permuta por dos apartamentos, uno en Cartagena y otro en Medellín.Para llegar a su decisión, el despacho examinó pruebas documentales, testimoniales y periciales que, en conjunto, le permitieron concluir que el inmueble tenía un origen ilícito.Entre ellas estuvo la denuncia de Albeiro de Jesús Cuartas y los testimonios de varios integrantes de la familia, quienes narraron las amenazas, atentados y homicidios ocurridos alrededor de la propiedad durante varios años.También valoró la declaración de Adriana María Cuartas Castañeda, quien aseguró que su padre murió luego de llevar dinero a la cárcel La Catedral y afirmó que ese encargo habría provenido de William Moncada. Para el juez, ese testimonio confirmó la relación familiar y económica entre Gustavo Cuartas y los hermanos Moncada.Otro elemento clave fue el testimonio de María Pubenza Eastman Hoyos. El despacho calificó su declaración como “bastante ilustrativa”, pues aseguró que la casa realmente pertenecía a “Kiko” Moncada, aunque figuraba a nombre de Gustavo Cuartas, y sostuvo que el dinero de la negociación se entregó en efectivo.La sentencia también se apoyó en un estudio grafológico de 1995 que concluyó que la firma de Gustavo Cuartas en la escritura mediante la cual el inmueble pasó a María Victoria Montoya era una imitación. Esa escritura, además, fue declarada nula por el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Medellín.A ello se sumaron informes del CTI, la DIAN, la UIAF y un grupo especializado de la Fiscalía. Esos documentos llevaron al juez a concluir que Cuartas Rendón no tenía una capacidad económica demostrable que explicara la adquisición de la vivienda, presentaba inconsistencias patrimoniales y no registraba actividad financiera suficiente para respaldar ese patrimonio.Así luce la fachada de la casa del exfutbolista Foto:Archivo Particular.Higuita sí tenía cómo comprarlaEn este punto, el juez concluyó que Higuita y su esposa sí demostraron que el dinero con el que adquirieron el inmueble era completamente lícito. Un estudio patrimonial acreditó que el exarquero obtuvo ingresos suficientes durante su carrera profesional, gracias a sus contratos con Atlético Nacional y el Real Valladolid.Por ello, el fallo descartó que el dinero utilizado por la pareja proviniera de actividades ilegales.Sin embargo, ese no era el único requisito. El juez explicó que la ley distingue entre actuar de buena fe y hacerlo con buena fe exenta de culpa. En el primer caso basta con creer que se está comprando a quien realmente es el propietario. En el segundo, además, el comprador debe demostrar que verificó cuidadosamente los antecedentes del inmueble antes de adquirirlo.La sentencia señala que la pareja dejó toda la negociación en manos de Campo Elías Meneses, un psicólogo sin experiencia en asuntos jurídicos o inmobiliarios; que nunca se realizó un estudio de títulos; que transcurrieron apenas dos días entre la adquisición formal del inmueble por parte de María Victoria Montoya y el negocio con Higuita, una circunstancia que, según el juez, debía despertar sospechas; y que el testimonio de Meneses presentó varias contradicciones sobre cómo se desarrolló la operación.'''Carece de justificación y se aparta de toda sana experiencia que, desde la fecha en que María Victoria firmó las escrituras para constituirse propietaria del bien, esto es 16 de julio de 1992, y la firma de la permuta con la que se comprometió la entrega de los dos apartamentos que detentaban Higuita y Echeverri Hernández, el 18 de julio de 1992, transcurrieron tan sólo dos días, lo que de un lado desvirtúa lo sostenido en declaración del 9 de mayo de 1996 por Campo Elías, que refirió un plazo de 20 días desde que aquella le ofertó la casa y se concretó la promesa de compraventa, luego se pregunta el despacho, en qué momento corrió ese plazo''', dice la sentencia.Sentencia que ordena extinción de dominio al predio de René Higuita. Foto:Archivo Particular.Con esos elementos, el juzgado concluyó que, aunque los compradores actuaron creyendo que la negociación era válida, no desplegaron la diligencia suficiente para verificar la historia jurídica del inmueble y, por tanto, no podían ser protegidos como terceros de buena fe exenta de culpa.En consecuencia, ordenó la extinción del dominio sobre la vivienda y dispuso que el inmueble pase al Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado, sin compensación económica para José René Higuita y Magnolia Regina Echeverri. La decisión puede ser apelada ante la Sala Especializada en Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Medellín.Redacción Justicia Sigue toda la información de Justicia en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.