El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha considerado procedente el despido de un camarero que subi� a la red social Tik Tok un video en el que criticaba que la empresa cobrara 5 euros por un caf� que le costaba 20 c�ntimos, mientras afeaba los bajos sueldos que recib�an los empleados.En una sentencia fechada el pasado 27 de mayo a la que ha tenido acceso EFE y que es recurrible, la sala de lo social desestima el recurso presentado contra un fallo de enero de 2026 de un juzgado de lo social.Durante su horario laboral, el hombre subi� a Tik Tok un video en el que se observaba como, mientras trabajaba como camarero y mostrando el sistema operativo de la empresa, hac�a alusi�n a que el precio de coste de un caf� era de 20 c�ntimos, pero lo vend�an a 5 euros mientras que a los trabajadores "les mal pagaban abon�ndoles tan s�lo 1.400 euros".En mayo de 2024, la empresa le comunic� formalmente el despido disciplinario con efectos inmediatos, que fue ratificado por el juzgado de lo social n� 1 de Ibiza y declarado procedente.El hombre recurri� alegando que en el video no se identificaba expresamente a la marca, pero el TSJ rechaza este argumento y constata que la empresa s� era "identificable inequ�vocamente" a trav�s del uso y exhibici�n de su sistema operativo interno y exclusivo (TPV).El camarero sosten�a que no se hab�a acreditado un perjuicio econ�mico real o quejas de proveedores, pero la Sala apela a la transgresi�n de la buena fe contractual y abuso de confianza, y recuerda que para justificar el despido no es necesario un da�o econ�mico cuantificable.Es suficiente con que la conducta sea objetivamente id�nea para destruir la confianza o causar un perjuicio potencial al prestigio, reputaci�n y credibilidad exterior de la empresa, precisa.El TSJ concluye que el despido constituye una sanci�n "plenamente proporcional" debido a la gravedad de los hechos, publicar contenido despectivo en redes sociales durante la jornada laboral y utilizando herramientas e informaci�n interna confidencial de la empresa.Por todo ello, la Sala confirma �ntegramente la sentencia de instancia y convalida la procedencia del despido, lo que exime a la empresa del abono de indemnizaciones o salarios de tramitaci�n.