Noticia Exclusivo suscriptores Siguiente paso es la revisión de la autoridad, que decidirá si reconoce o no la providencia, mientras crece preocupación por restricciones de gas.Superintendencia de Sociedades. Foto: SupersociedadesPERIODISTA ECONÓMICO05.07.2026 22:30 Actualizado: 05.07.2026 22:30
Aunque la justicia canadiense autorizó la terminación de varios contratos de suministro de gas de Canacol Energy en el mercado no regulado, esa decisión todavía no modifica la situación jurídica de las empresas colombianas que dependen de ese combustible. Antes deberá superar un nuevo filtro, el del reconocimiento por parte de la Superintendencia de Sociedades.Ese trámite, poco conocido fuera del ámbito jurídico, se convirtió ahora en el punto clave de un proceso que ya comenzó a generar consecuencias económicas. Empresas como Cerro Matoso han advertido que las restricciones en el suministro de gas ya obligaron a reducir su operación y temen que, si la decisión canadiense termina produciendo efectos en Colombia, el impacto pueda extenderse sobre el empleo, la producción y las inversiones. LEA TAMBIÉN La preocupación no es menor. Esta misma semana, una inédita alianza entre la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Confederación General del Trabajo (CGT), Sintracerromatoso y la propia Cerro Matoso solicitó a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios intervenir Canacol Energy y sus filiales, al considerar que las restricciones de gas ya están afectando la actividad industrial y podrían comprometer el orden económico del país.Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, el escenario es distinto al que muchos interpretan tras conocerse el fallo canadiense."La situación es la siguiente. El juez de Canadá produjo una providencia en la que autorizó la terminación de algunos contratos del mercado no regulado, lo que no tiene que ver con la prestación del servicio de gas domiciliario", explicó Billy Escobar, abogado y experto en temas societarios.Es decir, la decisión de la Corte de Alberta no tiene aplicación automática en Colombia.Camino por recorrerSegún Escobar, el primer paso consiste en que el representante del proceso extranjero presente formalmente esa providencia ante la Superintendencia de Sociedades para solicitar su reconocimiento, un procedimiento que ya ha ocurrido en otros procesos internacionales."Esa providencia la puede traer el representante del proceso extranjero a la Superintendencia para su reconocimiento, como ha pasado con decisiones anteriores. Hasta tanto no se presente y el juez no la reconozca, esa decisión no tendría efectos en Colombia", precisó.Solo después de surtido ese procedimiento la autoridad colombiana podrá determinar si la providencia extranjera puede desplegar efectos jurídicos en el país.En otras palabras, el fallo canadiense abrió una puerta, pero no resolvió el futuro de los contratos en Colombia.Puntos a evaluarEl análisis de la Superintendencia de Sociedades no consiste simplemente en homologar de manera automática la decisión adoptada por la justicia canadiense.Según Escobar, existe un criterio fundamental que deberá ser revisado."En la práctica, la única razón para no reconocer la providencia extranjera es que la decisión de la Corte extranjera contraríe el orden público nacional".Ese concepto de orden público podría convertirse en el eje del debate, especialmente si se considera que varias empresas sostienen que las restricciones de gas ya están generando impactos sobre sectores estratégicos de la economía.Precisamente esa es una de las preocupaciones planteadas por Cerro Matoso. Pero lo cierto es que esta no es la única compañía con la que Canacol Energy tiene contratos de suministro de gas en el país. Además de la minera hay relacioones contractuales con comercializadoras y distribuidoras filiales de Promigas, Surtigas, Gases del Caribe, Gases de La Guajira, Gases del Oriente y Enel Colombia.ImpactosEn el caso de Cerro Matoso, la compañía informó esta semana que debió reducir en un 25 por ciento su operación luego de que Canacol Energy restringiera el suministro de gas contratado, situación que, según advirtió, pone en riesgo empleos, contratos con proveedores y millonarios aportes por concepto de regalías, impuestos y compras locales.La empresa también señaló que, de mantenerse o profundizarse esa restricción, podría verse obligada en los próximos días a detener una de sus dos líneas de producción, reduciendo a la mitad su capacidad operativa.En el mismo comunicado recordó que mantiene un contrato de suministro de gas con Canacol Energy vigente hasta 2029 y explicó que, tras la decisión de la Corte de Alberta, acudirá a todos los mecanismos jurídicos disponibles para proteger sus derechos, incluida la posibilidad de solicitar autorización para interponer una apelación ante la justicia canadiense.Además, sostuvo que en Colombia corresponde a la Superintendencia de Sociedades evaluar si la decisión definitiva adoptada por la justicia canadiense debe ser reconocida en el país, teniendo en cuenta aspectos como la soberanía nacional, la seguridad energética y el respeto por las normas de orden público colombiano.Nuevo capítuloAsí las cosas, el caso entra ahora en una etapa distinta a la que se ha vivido durante los últimos meses.Mientras en Canadá continúa la discusión judicial, en Colombia comenzará un proceso independiente para determinar si esa decisión extranjera puede tener efectos sobre contratos celebrados bajo la legislación nacional.El desenlace no solo será observado por las empresas involucradas. También será seguido de cerca por los sectores industrial y energético, que ven en este proceso un precedente sobre el alcance que pueden tener en Colombia las decisiones adoptadas por tribunales extranjeros cuando están en juego contratos considerados estratégicos para la actividad económica del país.La última palabra, al menos sobre sus efectos en el país, aún está por escribirse y comenzará a definirse en la Superintendencia de Sociedades, aseguran algunos expertos. Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.












