La Audiencia Provincial de Madrid tiene en sus manos revocar la decisión del juez Juan Carlos Peinado de sentar en el banquillo ante un jurado popular a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, junto con su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés. Y lo puede hacer la Audiencia no por vía directa, pues el último auto de Peinado en el que abre juicio oral para los tres no es recurrible, pero sí indirectamente al resolver y estimar los recursos pendientes de los imputados y de la Fiscalía. PublicidadEl próximo 13 de julio el pleno de la sección 23 de la Audiencia de Madrid comenzará a deliberar sobre los recursos de Begoña Gómez y los otros dos investigados; una deliberación determinante, a puerta cerrada, que podría concluir con la reversión del procesamiento de la esposa del presidente del Gobierno, tras casi dos años y medio de polémica instrucción a cargo del juez Peinado, por los delitos de corrupción en los negocios, tráfico de influencias, apropiación indebida y malversación, al igual que su asesora. Barrabés está imputado por los delitos de corrupción en los negocios y tráfico de influencias; y además Peinado ha abierto una nueva pieza para investigarle solo a él por prevaricación y fraude a los intereses de la Unión Europa.En lo que respecta a Gómez -defendida por el exministro socialista Antonio Camacho- son tres los recursos que van a estudiar los cinco magistrados que componen la sección 23, pero, igual que ha ocurrido otras ocasiones, el pleno podría hacer un estudio conjunto de todos los recursos de las defensas y de la Fiscalía, al contener en muchos casos idénticas alegaciones, indican fuentes jurídicas.Procedimiento del tribunal de juradoEn primer lugar, la defensa de Begoña Gómez presentó el pasado mes de mayo un recurso de apelación contra el auto de incoación del procedimiento del tribunal de jurado, dictado por Peinado el 20 de marzo de 2026. Se queja en él el letrado Camacho de la "ausencia del más mínimo indicio de la comisión de los delitos" y de "los requisitos que justifican la incoación del procedimiento". En la misma línea se pronunció la Fiscalía, igual que Cristina Álvarez y Barrabés. Sin que se hayan resuelto estos recursos por parte del órgano jurisdiccional superior de Peinado, es decir, la Audiencia madrileña, el magistrado prosiguió con la causa, dictando un auto de continuación del procedimiento, el 11 de abril pasado. PublicidadRecurso de quejaContra la continuidad decretada por Peinado sin esperar a la respuesta de la Audiencia Provincial, el letrado de Begoña Gómez interpuso otro recurso, este de queja, que fue admitido a trámite y que ahora debe resolver la sección 23. Este tipo de recurso se puede interponer contra resoluciones judiciales que no son apelables y las que denieguen la admisión a trámite. Con el recurso de queja se pretende que la instancia superior del juez instructor corrija una determinada decisión de este.Recurso de apelaciónEn tercer lugar, Camacho presentó un recurso de apelación ante la Audiencia de Madrid contra el auto de Peinado en el que rechazaba la práctica de nuevas diligencias antes de decidir abrir juicio oral. PublicidadPor ejemplo, la testifical del que fue codirector de la cátedra extraordinaria junto a Begoña Gómez, José Manuel Ruano, que nunca ha sido llamado a declarar en los dos años y medio de instrucción, siendo un testigo clave respecto al funcionamiento de la cátedra por la que está siendo investigada Gómez.En este recurso, presentado el pasado día 26, Camacho pide, de nuevo, la suspensión del procedimiento hasta que la Audiencia Provincial resuelva los recursos pendientes para evitar "situaciones de indefensión". Solicita además la ratificación de tres informes periciales cruciales: sobre las características de las cátedras extraordinarias universitarias, sobre el impacto económico en la Universidad Complutense y una comparativa sobre el papel de los asesores de las cónyuges de los presidentes del Gobierno anteriores. Alegaciones sobre las cautelaresPor último, las defensas de Gómez y Álvarez han presentado alegaciones contra las medidas cautelares impuestas por Peinado, que asumía las peticiones de la asociación ultracatólica Hazte Oír, de retirarles el pasaporte a ambas, prohibirles salir de España y obligarlas a comparecer cada 15 días en el juzgado. Las medidas cautelares decaerían en caso de que los anteriores recursos fueran estimados, indican fuentes jurídicas.Precisamente, el auto de las medidas cautelares de Peinado, en el que afirmaba que los agentes de escolta de la esposa del presidente del Gobierno podrían colaborar en una fuga, le ha valido al polémico juez la apertura de diligencias informativas por parte del Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), por verter esas sospechas sobre la Policía.En relación con el auto de Peinado en el que abría juicio oral y decretaba la retirada del pasaporte para Begoña Gómez, la defensa de esta presentó una queja ante el CGPJ por posible vulneración del derecho a la defensa, ya que el juez lo emitió el pasado sábado, quejándose de que se enteró de su contenido por los medios de comunicación.AntecedentesDesde el inicio de la causa, en abril de 2024, la sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ya ha enmendado la plana al juez Peinado al menos una docena de veces, anulando decisiones como la de solicitar a la Moncloa, sin motivarlo de forma adecuada, todos los correos recibidos y enviados desde la cuenta oficial de Begoña Gómez desde 2018.PublicidadTambién anuló la imputación en la causa de tres personas sin motivo, como el rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache, y el exconsejero del PP de Madrid y actual directivo de Instituto de Empresa (IE), Juan José Güemes. A Goyache le había imputado por su presunta responsabilidad, como rector de la Universidad Complutense, en la creación de la cátedra extraordinaria que codirigó Gómez.Por su parte, Güemes declaró que el IE no contrató a Begoña Gómez por ser la esposa del presidente del Gobierno para dirigir el proyecto Africa Center. Peinado no lo creyó y lo imputó al considerar que había contradicho a otra testigo, algo que realmente no ocurrió, como posteriormente dictaminó la Audiencia de Madrid.Mayor motivaciónEn febrero de este año, la Audiencia madrileña anuló el auto de Peinado por el que transformaba el procedimiento contra Begoña Gómez en un procedimiento para el tribunal de jurado. El tribunal ordenaba a Peinado retrotraer las actuaciones al momento previo a derivarlo al tribunal de jurado. En octubre de 2025, el juez Peinado había derivado la causa hacia un jurado popular en caso de acabar en juicio, como ha ocurrido finalmente, si la Audiencia no lo rectifica. Begoña Gómez recurrió, al igual que los otros dos imputados, y la Audiencia resolvió los recursos conjuntamente y de manera positiva ante la "falta de motivación" del juez.PublicidadLa Audiencia de Madrid ordenaba en aquella ocasión al juez que regresase al momento previo a la transformación en procedimiento del tribunal de jurado y motivase adecuadamente su decisión. Peinado volvió a hacerlo en marzo pasado, en su auto de 20 de marzo, recurrido por las defensas. Ahora se verá si a juicio de sus superiores ha motivado adecuadamente enviar a Begoña Gómez ante un jurado popular. Pese a los varapalos, la Audiencia de Madrid ha avalado la investigación de Peinado contra Gómez.La argumentación del juez se centra en que Begoña Gómez se aprovechó de ser la esposa del presidente del Gobierno para medrar en su trayectoria profesional, ayudada por su asesora, Cristina Álvarez, quien cobraba dinero público y realizaba labores para el ámbito privado de Gómez. La acusación popular, dirigida por Hazte Oír, pide 24 años de prisión para Begoña Gómez.