La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que envía a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a juicio por un tribunal de jurado por los delitos de malversación y trafico de influencias, ambos competentes para ser enjuiciados ante un jurado popular.Revoca parcialmente la decisión del juez Juan Carlos Peinado al retirar los delitos de corrupción en los negocios y apropiación indebida, y revoca las medidas cautelares que le había impuesto, lo que significa que deberá devolverle el pasaporte.La Sala ordena que se continúe únicamente contra Gómez por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos y contra su asesora María Cristina Álvarez por el segundo delito. Además, se sobresee para todos por el delito de corrupción en los negocios.Lee tambiénDel procedimiento por ley del Jurado se separa al tercer acusado, el empresario Juan Carlos Barrabés, contra el que se seguirá la investigación en procedimiento abreviado en lo relativo a la legalidad o ilegalidad de las adjudicaciones de los contratos públicos.Además, el tribunal acuerda el alzamiento de las medidas cautelares personales acordadas respecto de las investigadas, consistentes en la prohibición de salir del país, la entrega del pasaporte y la obligación de firmar cada quince días ante la autoridad judicial, sin perjucio de que ambas estén localizadas en todo momento.Al respecto, los cinco magistrados explican que no existe “una probabilidad real de fuga” de Gómez y Álvarez, aunque existan, dicen, indicios de criminalidad contra ambas. Además,, justifican que al haber reducido a la mitad los delitos por los que están siendo perseguidas, el riesgo disminuye.“No puede afirmarse que concurra con la intensidad exigible un riesgo real y efectivo de fuga que justifique el mantenimiento de las medidas acordadas”, recoge la resolución. Explican que aunque se enfrenta a penas elevadas de prisión, éste argumento no es suficiente para fijar unas medidas cautelares.Sostienen que hay que tener en cuenta que las investigadas han comparecido en todas las citaciones judiciales que les han sido efectuadas, “sin que exista dato alguno que permita inferir una actitud de elusión o resistencia a la acción de la justicia”.Asimismo, presentan arraigo personal, familiar y profesional en territorio nacional,”extremo que, conforme a la doctrina jurisprudencial, constituye un factor relevante a efectos de valorar el riesgo de sustracción”.Por lo tanto, la Audiencia limita el juicio a si Gómez utilizó su condición de esposa del presidente del Gobierno para lograr que la Universidad Complutense de Madrid (UCM) le permitiera crear una cátedra y si a través de ésta se creó un software con financiación privada. La “presión moral” ejercida por su condición de mujer del presidentePara el tribunal hay indicios de que Gómez podría haber ejercido su influencia para obtener la cátedra. “La sola relación de parentesco por vínculo matrimonial con la más alta autoridad del gobierno de la Nación, en determinados contextos y circunstancias, como los aquí analizados, puede comportar una presión moral eficiente a efectos de conformar el delito de tráfico de influencias”, sostiene.Los magistrados rechazan el argumento de la Fiscalía y las defensas de que no hay delito porque no hubo un beneficio económico. “No parece que pueda negarse con plena certeza que atendido el modo y forma en que se verificó la solicitud y la inmediata concesión (de la cátedra), se ejerció una presión moral suficiente como para mover la voluntad de la autoridad académica de la UCM, obteniendo la decisión no solo de crear la cátedra sino de nombrarla directora”.De esta manera, se habría permitido -según la resolución- sufragar con financiación pública el proyecto de desarrollo de una herramienta digital de medición que pretendía de uso y titularidad personal o privada.La cátedra le confirió un “paraguas institucional”“No tiene mucho sentido que se establezca como argumento defensivo esencial el carácter gratuito de la dirección de la Cátedra, lo que es formalmente cierto según ha acreditado la UCM, cuando está fuera de toda duda el beneficio que la creación de la Cátedra y su nombramiento como directora (luego codirectora) le comportó: prestigio personal reputacional de su carrera académica con acceso a múltiples recursos y eventos, relanzamiento de los propios master insertos en la Cátedra, lo que disparó sus ingresos por ese concepto de forma exponencial”.Y ello aunque reconozca que las cifras obtenidas son “muy moderadas”: “desde los modestos 1050 euros del año 2014-2015 o los 750 euros del año 2015-2016 a los 14.595 del año 2020-2021 o los 14.900 del años 2021-2022”.Para el tribunal, este es el dato clave: “le confirió un 'paraguas institucional', en expresión de su propia defensa, que le permitió obtener financiación, y disponer de ingresos para contratar servicios técnicos especializados por importe de cientos de miles de euros, eso sí, carente de un control efectivo y sin pleno sometimiento a los procedimientos ordinarios de contratación”.Testigo de juicios históricos: procés, 11-M, 17-A, Gürtel, Nòos o de los más sanguinarios etarras. Voy tras los casos de corrupción, de la política a lo empresarial y lo policial, para destapar todo tipo de abusos
La Audiencia retira las medidas cautelares a Begoña Gómez y la envía a jurado por dos delitos
Los magistrados revocan parcialmente la decisión del juez Juan Carlos Peinado de llevarla a juicio por cuatro delitos










