NoticiaLa entidad informó que son cerca de siete millones de contribuyentes deberán cumplir con la obligación. Foto: Dian y Canva01.07.2026 13:13 Actualizado: 01.07.2026 13:13

El pasado 30 de junio de 2026, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) publicó el Comunicado de Prensa 090 en el que la entidad dio a conocer el calendario para la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios correspondiente al año gravable 2025.La entidad informó que los vencimientos iniciarán el 12 de agosto y concluirán el próximo 26 de octubre, de acuerdo con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).En el comunicado, la Dian informó que cerca de siete millones de personas naturales deberán cumplir con esta obligación durante la temporada de renta. Además, proyectó un recaudo cercano a $6,1 billones, recursos que hacen parte de los ingresos esperados a través del impuesto sobre la renta de personas naturales.Los vencimientos iniciarán desde este 12 de agosto y concluirán el próximo 26 de octubre. Foto:Generada con IA/ GeminiLa entidad aseguró que las fechas divulgadas corresponden al plazo máximo para presentar la declaración. Por este motivo, la Dian invitó a los contribuyentes a consultar con anticipación el día que les corresponde, preparar la documentación necesaria para evitar contratiempos que puedan ocasionar multas o sanciones. LEA TAMBIÉN Estas son las fechas para presentar la declaración de renta en 2026De acuerdo con la Dian, el calendario quedó distribuido entre los meses de agosto, septiembre y octubre. Estas fechas fueron organizadas previamente con base en los dos últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.Durante agosto, los vencimientos serán los siguientes:12 de agosto: NIT terminados en 01 y 02.13 de agosto: NIT terminados en 03 y 04.14 de agosto: NIT terminados en 05 y 06.18 de agosto: NIT terminados en 07 y 08.19 de agosto: NIT terminados en 09 y 10.20 de agosto: NIT terminados en 11 y 12.21 de agosto: NIT terminados en 13 y 14.24 de agosto: NIT terminados en 15 y 16.25 de agosto: NIT terminados en 17 y 18.26 de agosto: NIT terminados en 19 y 20.27 de agosto: NIT terminados en 21 y 22.28 de agosto: NIT terminados en 23 y 24.31 de agosto: NIT terminados en 25 y 26.El cronograma es organizado con base en los dos últimos dígitos del NIT. Foto:CanvaEl siguiente mes, el cronograma comenzará desde el 1 de septiembre para los NIT terminados en 27 y 28 y avanzará progresivamente hasta el 28 de septiembre, cuando vencerá el plazo para las terminaciones 65 y 66. Por su parte, octubre iniciará el 1 de octubre con los NIT finalizados en 67 y 68 y concluirá el 26 de octubre, fecha asignada para quienes tengan las terminaciones 99 y 00.Para consultar todas las fechas con exactitud puede hacerlo revisando directamente la programación encontrada en la página web de la Dian o, en su defecto, puede ingresar dando clic aquí. LEA TAMBIÉN ¿Quiénes deben presentar la declaración de renta?A través del documento, la Dian aclaró que no todas las personas naturales están obligadas a presentar la declaración. Deberán hacerlo quienes cumplan al menos una de las siguientes condiciones:Haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al 31 de diciembre de 2025.Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, equivalentes a $224.096.000 al cierre del año pasado.Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000, durante 2025.La Dian aclaró que no todas las personas naturales están obligadas a presentar la declaración. Foto:Alcaldía de BogotáRegistrar consumos con tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT, es decir $69.719.000 al cierre del año pasado.Haber realizado compras y consumos por encima de 1.400 UVT, es decir $69.719.000 a cierre de 2025.Tener acumuladas consignaciones bancarias, depósitos o inversiones superiores a 1.400 UVT, es decir $69.719.000 durante el año gravable inmediatamente anterior.La entidad recordó que basta con cumplir uno de estos requisitos para estar obligado a presentar la declaración de renta dentro de los plazos establecidos en el calendario tributario. LEA TAMBIÉN Estas son algunas recomendaciones de la Dian para evitar contratiemposComo parte de las herramientas dispuestas para facilitar el proceso, la entidad habilitó el programa 'Ayuda Renta', con el que los ciudadanos pueden elaborar un borrador de la declaración. La aplicación puede descargarse dando clic aquí.Asimismo, la Dian indicó que la información exógena estará disponible en las próximas semanas y también hace parte del kit de herramientas con las que la entidad facilita el cumplimiento de esta obligación tributaria.Adicionalmente, la Dian creó un micrositio con videos, tutoriales, instructivos y la programación de las capacitaciones que realizará en diferentes regiones del país. Este espacio puede consultarse dando clic aquí.El programa 'Ayuda Renta' permite que los ciudadanos elaboren un borrador de la declaración. Foto:canvaA ello se suma un ciclo de diez transmisiones en vivo que se desarrolla todos los miércoles a las 3:00 p. m. hasta el mes de agosto, en el que expertos tributarios orientan a los ciudadanos sobre quiénes deben declarar, cómo calcular el impuesto, el uso de Ayuda Renta y las dudas más frecuentes frente a la obligación anual. Puede consultar sus fechas aquí.Juan Sebastián Liévano AldanaREDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.