NoticiaDecisión concluyó que el concesionario no puede ser responsabilizado por estructuras cuya cobertura es inviable para el mercado asegurador.Aspecto de un tramo de la Vía al Llano - Coviandina Foto: CoviandinaPERIODISTA ECONÓMICO24.06.2026 21:04 Actualizado: 24.06.2026 21:04

La distribución de los riesgos en las concesiones viales volvió a quedar en el centro del debate jurídico. Un panel de amigable composición del contrato de concesión de la vía Bogotá-Villavicencio determinó que Coviandina no puede ser responsabilizada por determinadas estructuras cuya cobertura resulta imposible de obtener en el mercado asegurador, al considerar que esa situación escapa a las obligaciones previstas para el concesionario.La decisión, adoptada el pasado 19 de mayo, establece que algunas obras especiales y puentes construidos antes del inicio de la concesión presentan condiciones técnicas que las hacen no asegurables y que esa circunstancia responde a las limitaciones del mercado de seguros, más que a actuaciones atribuibles a la empresa concesionaria. LEA TAMBIÉN Según informó Coviandina, durante el proceso los expertos revisaron las gestiones adelantadas para obtener la cobertura exigida en el Contrato de Concesión No. 005 de 2015 suscrito con la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).Tras ese análisis concluyeron que ninguna aseguradora o reaseguradora aceptó asumir los riesgos asociados a esas estructuras, pese a los esfuerzos realizados por la concesionaria para conseguir las pólizas correspondientes.El panel también determinó que no corresponde a Coviandina ejecutar obras destinadas a modificar esas estructuras con el fin de hacerlas asegurables, al considerar que esa obligación excede el alcance del contrato de concesión.Según la compañía, la decisión confirma que la imposibilidad de obtener cobertura para determinados activos responde a condiciones propias del mercado asegurador y no constituye un incumplimiento por parte del concesionario.Vía al Llano - Coviandina Foto:CoviandinaEl pronunciamiento se suma a un laudo arbitral emitido el 25 de julio de 2025, que ya había establecido que el concesionario no debe asumir los costos de reparación de daños cuando estos no le son atribuibles y, además, carecen de cobertura de seguros.Para Coviandina, ambas decisiones aportan mayor claridad sobre la asignación de riesgos en los proyectos desarrollados bajo el esquema de Asociación Público-Privada (APP) y reafirman la necesidad de diferenciar las responsabilidades de las partes en la gestión de la infraestructura vial. LEA TAMBIÉN Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.