“Radiactivo”. Así calificó Koldo García a su antiguo socio de tropelías Víctor de Aldama poco antes de que ambos fueran detenidos en febrero del 2024. En una conversación que fue interceptada por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil detectaron que el antiguo asesor de José Luis Ábalos siendo ministro de Transportes sospechaba que el empresario que les había estado sufragando sus gastos durante años pudiera dejarles 'vendidos'. Habían detectado que meses atrás Hacienda había iniciado una inspección contra él por sus ganancias con los contratos de mascarillas en pandemia y temían que si le preguntaran empezara a dar nombres.No lo hizo entonces pero sí meses después, en noviembre del 2024 cuando acabó entre rejas por otro asunto, un millonario fraude de hidrocarburos. “La cárcel no la aguanta todo el mundo igual”, diría entonces un abogado de la causa. Efectivamente, él no aguantó. Escogió un nuevo abogado, conocido por sus pactos en los juicios de corrupción. Si quería salir de prisión le tocaba confesar y colaborar.A la Fiscalía Anticorrupción le pareció bien. Llevaba con la investigación abierta desde el 2020, tras una denuncia del PP por unos contratos adjudicados desde ADIF y Puertos del Estado a la empresa Soluciones de Gestión. La UCO se puso manos a la obra. Empezaron con Aldama, responsable de la empresa. Pronto detectaron sus relaciones con el asesor del antiguo ministro, cesado en el 2021. Les intervinieron el teléfono, investigaron sus cuentas, propiedades, declaraciones de Hacienda, les hicieron seguimientos y dibujaron una mapa de lo ocurrido.El siguiente paso fue detenerles y registrarles sus domicilios y despachos, donde incautaron teléfonos y documentación que serviría a la UCO para definir aún más la trama hasta que en octubre pudieron entregar datos suficientes para que el juez de la Audiencia Nacional que inició la causa, Ismael Moreno, elevera una exposición razonada al Tribunal Supremo ante los indicios de que el jefe de la organización era un diputado, con aforamiento en el alto tribunal, José Luis Ábalos.El 7 de noviembre del 2024, el alto tribunal acepta, con toda la información encima de la mesa, asumir la causa contra Ábalos, Aldama y Koldo García. Y justo unos días después otro juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, detiene y envía a prisión a Aldama dentro de una trama de un fraude millonario, concretamente de 200 millones de euros.Lee tambiénFue en ese preciso momento cuando Aldama, quien había corrompido a un ministro del Gobierno de Pedro Sánchez, decide cooperar.Atendiendo a estos antecedentes, el debate que se ha abierto a raiz de conocer la sentencia por la que se condena a Ábalos a 24 años dce cárcel y a Aldama a cuatro años y medio y se le suspende la pena para ni siquiera ingresar en un centro penitenciario, es qué papel tuvo realmente el empresario para el esclarecimiento de los hechos.El Tribunal Supremo considera que su colaboración ha sido “especialmente decisiva para avanzar en muchos aspectos de la investigación, dimensionando el alcance de la misma organización delictiva, identificando a otros posibles responsables y aportando datos e información de suma relevancia, sobre otros hechos presuntamente delictivos, y que, en el curso de la investigación, se fueron afianzando”.No obstante, aunque está totalmente justificado un acuerdo de conformidad para rebajar la pena aplicando la atenuante muy cualificada, en su caso el tribunal ha desdeñado que se trate de una confesión tardía.Protección solo para los denunciantesNo solo eso, sino que en la sentencia hace mención a le ley de protección del informante de 2023, una trasposición de una directiva europea conocida como “Whistleblowing” (significa informante o denunciante y hace referencia a la persona que, desde dentro de una organización, revela o alerta sobre prácticas ilegales, corrupción o irregularidades que afectan al interés público).En la sentencia, los magistrados hacen mención al artículo 40 de esta ley (de 2023) que recoge las exenciones o atenuantes de un denunciante. Sin embargo, lo que no recogen es la primera parte del artículo que establece como requisito para que se aplique a una persona que hubiera participado en la comisión de la infracción administrativa objeto de la información sea la que informe de su existencia mediante la presentación de la información “siempre que la misma hubiera sido presentada con anterioridad a que hubiera sido notificada la incoación del procedimiento de investigación o sancionador”.En su preámbulo, la directiva explica que se trata de una ley para exigir protección a los denunciantes de infracciones que afectan al interés público para evitar que se tomen represalias contra ellos. Y en un apartado, da la opción de rebajar o incluso hacer desaparecer la responsabilidad cuando lo denuncia.Víctor de Aldama no es José Luis PeñasEs decir, trasladado al caso español, lo que hizo José Luis Peñas, el delator del caso Gürtel, un concejal que estuvo involucrado con el empresario Francisco Correa y que decidió grabarle durante un año y después acudir a la Policía para denunciarlo. Destapó el caso Gürtel, salpicó al tesorero del PP Luis Bárcenas y de ahí se descubrió la caja b de la formación. A pesar de ello, se le condenó a cuatro años y nueve meses de prisión, pena confirmada por el alto tribunal. El exconceja que destapó el caso Gürtel con sus grabaciones, José Luis Peñas (i) junto a su abogado Ángel GalindoEFELogró la suspensión de la pena y después, en el 2024, el Gobierno acabó indultándole con el visto bueno de la Fiscalía Anticorrupción. Sin su denuncia no hubiese habido caso.Fuentes jurídicas explican que el Supremo no es que se apoye en la directiva europea para justificar su decisión sino que la utiliza como una “orientación de política criminal”, es decir, para destacar la tendencia de proteger lo máximo posible a aquel que denuncia la corrupción ya que es una de las peores lacras de la democracia. Es decir, si se quiere destapar estos casos se necesita “premiar” al delator o confesor, da igual en el momento que ocurra si lo que aporta es fidedigno. Como recoge la sentencia, es la única vía para destapar estas actuaciones de “colonización de las instituciones”.Nuevos tiempos en la lucha contra la corrupciónSon los nuevos triempos. Ya lo dijo el fiscal jefe de Anticorrupcion en su infrorme definitivo: “Con esta corrupción política, organizada, nada menos que desde un Ministerio, está disminuyendo la confianza de los ciudadanos en unas instituciones democráticas que estos delincuentes pervierten poniéndolas a su servicio. La corrupción política está carcomiendo nuestro sistema democrático y solo puede frenarlo una reacción contudente”. Y por eso defendió que la tendencia debía ir hacia lo marcado por Europa de proteger ya no solo a los que denuncian sino a los confesores.Lo cierto es que a pesar de estas palabras, Luzón pidió al tribunal que se le aplicara el Código Penal como una atenuante cualificada -es decir rebajar la pena en un grado- por confesión tardía. Pero el Supremo ha ido más allá, ha aplicado una rebaja de dos grados y además ha acordado que no vaya a la cárcel.“La confesión del hecho delictivo y colaboración en la investigación de otras acciones criminales, mantenida en el tiempo y en esos otros procedimientos, han sido valorados por esta misma Sala en ocasiones anteriores para avalar la existencia de una contribución activa de especial relevancia, y por tanto merecedora de una atenuación de especial intensidad”, recoge la sentencia conocida este lunes.Lo cierto es que en asuntos de cierta complejidad en la Audiencia Nacional la tendencia es a buscar acuerdos de conformidad entre la Fiscalía y las defensas que pasan por reconocer los hechos, reparar el daño y así evitar el ingreso en prisión. Para ello es esencial que ninguno de los ddelitos por los que se es condenado supere los dos años de cárcel, extremo que Aldama cumple.Por tanto, según diversos expertos en este tipo de causas, estos acuerdos están a la orden del día aunque no se trate de los “whistleblowing” porque ellos, según estos nuevos tiempos, no deberían acabar en el banquillo de los acusados.Testigo de juicios históricos: procés, 11-M, 17-A, Gürtel, Nòos o de los más sanguinarios etarras. Voy tras los casos de corrupción, de la política a lo empresarial y lo policial, para destapar todo tipo de abusos