El artista cubano Maykel OsorboLa Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró a la dictadura cubana responsable de haber desaparecido, detenido arbitrariamente y condenado sin garantías al rapero Maykel Castillo Pérez, conocido como Maykel Osorbo, cofundador del Movimiento San Isidro y coautor de “Patria y Vida”, la canción que ganó dos Grammy Latinos y se convirtió en himno de la resistencia democrática cubana. La resolución, contenida en el Informe No. 78/26 aprobado el 23 de junio de 2026, nació de la denuncia presentada por la organización Prisoners Defenders en el segundo semestre de 2021 y representa la primera vez que un órgano interamericano entra al fondo del caso y declara formalmente la responsabilidad internacional de Cuba.El documento es demoledor. La CIDH concluyó que el régimen cubano violó los derechos de Maykel Osorbo a la vida, la libertad y la seguridad personal; a la libertad de expresión y difusión; al debido proceso; a la protección contra la detención arbitraria; a la reunión y la asociación; y al reconocimiento de su personalidad jurídica. No se trata de una medida cautelar ni de una recomendación preliminar: la Comisión examinó los hechos, evaluó las pruebas y emitió una resolución de admisibilidad y fondo. Cuba no presentó observaciones de fondo ni pruebas capaces de controvertir los hechos documentados por Prisoners Defenders.PUBLICIDADUno de los hallazgos más graves es la desaparición forzada. La CIDH determinó que entre el 18 y el 31 de mayo de 2021, tras el arresto del artista, su paradero permaneció incierto durante catorce días. Familiares, allegados y defensores recorrieron comisarías y organismos estatales sin obtener información real sobre dónde se encontraba ni en qué condiciones. Para la Comisión, al negarse a revelar su localización mientras la detención era ejecutada por agentes del Estado, Cuba incurrió en desaparición forzada. El artista fue sacado de su vivienda sin camisa ni zapatos el día del arresto.La CIDH también declaró ilegal el propio arresto del 18 de mayo de 2021. Osorbo no estaba cometiendo ningún delito, no había flagrancia, no existía orden de detención y no se acreditó riesgo de fuga. Fue detenido mientras almorzaba. Tampoco consta que se le informaran los motivos de su privación de libertad ni que fuera puesto sin demora ante un juez. La prisión provisional posterior fue igualmente declarada arbitraria: la Fiscalía sostuvo el encarcelamiento sin justificar riesgo alguno y rechazó medidas alternativas aun reconociendo que el artista no tenía intención de abandonar La Habana.PUBLICIDADEl juicio que culminó en junio de 2022 con una condena de nueve años tampoco resistió el escrutinio internacional. Un tribunal de La Habana sancionó a Osorbo por desacato, atentado y desórdenes públicos, entre otros cargos, en un proceso celebrado a puerta cerrada, sin acceso de diplomáticos ni observadores. Su abogada fue inhabilitada tres días antes del juicio y otro letrado debió asumir la defensa sin tiempo suficiente de preparación. La condena quedó jurídicamente deslegitimada: fue el resultado de un proceso sin garantías que sancionó penalmente conductas amparadas por el derecho internacional de los derechos humanos.La Comisión fue especialmente dura con los tipos penales utilizados. El delito de desacato, aplicado para sancionar una expresión incluida en una canción de protesta, es incompatible con la libertad de expresión. Su uso generó un clima conducente a la autocensura artística y al silenciamiento del disenso. El episodio del 4 de abril de 2021, base de la acusación por desórdenes públicos, pertenecía al marco de una protesta social, no a una alteración penalmente sancionable del orden público. Lo que el régimen presentó como delito fue ciudadanía movilizada y arte convertido en resistencia.PUBLICIDADEl artista de performance Luis Manuel Otero Alcántara fue condenado a cinco años de prisión y el rapero Maykel Osorbo, coautor del polémico tema "Patria y Vida", recibió una pena de nueve años