El juez Juan Carlos Peinado envía definitivamente a juicio, ante un jurado popular, a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y le ha impuesto como medidas cautelares la retirada del pasaporte, prohibición de salir del país y acudir al juzgado dos veces al mes.En el auto de apertura de juicio oral, el magistrado concreta que se le debe retirar “cuantos pasaportes pudiera disponer, cualquiera de las nacionalidades a las que pertenezcan, tanto de carácter ordinario como diplomático, con prohibición expresa de expedir uno nuevo”. Sobre la salida de España, ordena oficiar a “todos los puestos fronterizos y aeropuertos civiles y militares, para que se evite incumplir con esta obligación”.El instructor impone las mismas medidas para la asesora de Gómez, Cristina Álvarez, pero no para el tercer acusado, el empresario Juan Carlos Barrabés.Este auto judicial no es recurrible pero la defensa ya ha advertido que sí recurrirá las medidas cautelares al tiempo que espera que la Audiencia Provincial de Madrid resuelva los recursos contra el procesamiento.Peinado concluye así la instrucción por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos por la cátedra que codirigió en la Universidad Complutense de Madrid.En el auto de 84 páginas, el juez advierte que Gómez se enfrenta a una pena de entre dos y 16 años, por lo que, en todo caso, la sentencia, en caso de ser condenatoria si finalmente la juzgan, superaría los dos años de prisión, por lo que su entrada en la cárcel sería inevitable. “Por tanto, contemplando esa posibilidad, que por las acusadas se trate de eludir la acción de la justicia, cumpliéndose el riesgo de fuga, que se trata de evitar con la adopción de una medida cautelar”, advierte.Lee tambiénDe hecho, se opone al argumento de la defensa de Gómez de la imposibilidad de fugarse al ser la esposa del presidente del Gobierno y por tanto estar siempre rodeada de miembros de las fuerzas de seguridad del Estado.Peinado lo ve al revés: “Lo que no cabe duda es que esos agentes en un momento determinado pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, sean precisamente quienes colaboren en la acción o acciones que se lleven a cabo, para facilitar esa fuga, que haga imposible que la acusada se encuentre a disposición de la justicia”.Además, considera especialmente trascendente que la condición de actual presidente del Gobierno, de su esposo, “es algo efímero, y por tanto transitorio, y esa protección o acompañamiento de los agentes de los cuerpos de seguridad del Estado desaparecería, lo que facilitaría, aún más, esa hipotética fuga”.Por lo que se refiere a la asesora, el juez sostiene que dispone de “una situación similar a ella, a los efectos de disponer igualmente de los mismos medios para fugarse y eludir la acción de la justicia, procediendo, en consecuencia, a adoptar las medidas cautelares de naturaleza personal interesadas, respecto de ambas acusadas”.El juez apunta a la influencia de Sánchez con la administraciónEn la resolución, el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid analiza cada uno de los delitos por los que están acusados Gómez, Álvarez y Barrabés. Sobre el tráfico de influencias, alega que la primera utilizó su condición de esposa del presidente del Gobierno para que la UCM le permitiera impartir una cátedra.Como indicio, hace constar que el rector de la universidad fue citado en el Palacio de la Moncloa para que Gómez le explicara su proyecto. “La Cátedra sirvió como medio de desarrollo profesional privado para la investigada, quien además recibió una remuneración por dicha actividad”, señala.Para Peinado, Gómez se habría prevalecido de su relación personal con el presidente del Gobierno, y de éste con el resto de la administración. Esto le habría facilitado “el acceder, gracias a esa posición, a interlocuciones institucionalmente excepcionales y a que la sola condición de 'esposa de' sirviera para influir, y todo ello con el añadido de haber realizado reuniones en la Moncloa”.Los hechos indiciariamente atribuidos a la investigada, “pudieron suponer que, desde la llegada de su esposo primero a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra y al proyecto TSC, que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional”.Sobre el delito de corrupción entre particulares, Peinado subraya que hay indicios de que desde antes de constituirse la cátedra (ya existía el registro como marca), era intención de Gómez el apropiarse del software creado con financiación privada. A su juicio, en estas negociaciones con las empresas para que colaboraran en la elaboración de la herramienta “intervenía con un claro interés particular, quizá (también en grado indiciario) para ser explotado económicamente por medio de la mercantil que constituyó con el mismo nombre que la Cátedra”.El instructor sostiene que tal aplicación informática se puso a disposición del público en el dominio web finalmente registrado a nombre de Begoña Gómez “y la misma fue cerrada repentinamente y sin explicación alguna”.“Así, a título indiciario, el patrocinio o la financiación pudiera ser solo la 'fachada' de una retribución encubierta por futuras ventajas privadas o comerciales indebidas, relacionadas con adjudicaciones públicas ligadas al carácter de presidente del gobierno del esposo de la investigada, y ello en tanto en cuanto estas empresas se presentan a numerosos procesos públicos de adjudicación”.Respecto del delito de apropiación indebida, Peinado indica que existen indicios de que existió un “abuso de facultades de administración, pues se trata del presunto desvío de un proyecto, de un activo tecnológico, susceptible de evaluación económica”. A su juicio, Gómez actuó de facto como “gestora principal” del proyecto de la cátedra y del software, “con capacidad de dirección e interlocución sobre recursos universitarios, aportaciones empresariales y desarrollo tecnológico, y pudo exceder ese ámbito desviando el activo hacia sus intereses propios (marcas, dominio y mercantil) en perjuicio de la UCM”.La asesora pagada por Presidencia para los negocios de GómezY por último, el de malversación, considera que la esposa de Pedro Sánchez fue inductora del delito porque fue ella quien pidió que se contratara como asesora a Cristina Álvarez, amiga suya personal, a cargo de la presidencia del Gobierno, y después utilizó sus servicios para llevar a cabo actividades suyas privadas, como por ejemplo gestiones vinculadas al software y la cátedra.“Los indicios sí permiten sostener provisionalmente que Gómez solicitó, aceptó y aprovechó de forma estable la dedicación de una empleada retribuida por Presidencia a tareas ajenas al cometido institucional del puesto: interlocución con universidades, patrocinadores y partners; seguimiento de la cátedra; gestiones sobre el software; asistencia a reuniones técnicas; y desarrollo del proyecto tecnológico que después aparece vinculado con marcas, dominio y mercantil de titularidad exclusiva de la propia investigada”, concluye.Testigo de juicios históricos: procés, 11-M, 17-A, Gürtel, Nòos o de los más sanguinarios etarras. Voy tras los casos de corrupción, de la política a lo empresarial y lo policial, para destapar todo tipo de abusos
El juez Peinado envía a juicio a Begoña Gómez, le retira el pasaporte y le prohíbe salir de España
El instructor da por concluida la causa para sentar en el banquillo a la esposa del presidente del Gobierno y también le impone la obligación de acudir quincenalmente al juzgado
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