La titular de la plaza número 10 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Santander ha condenado a una compañía de seguros a indemnizar con 100.000 euros a la viuda de un asegurado que tenía contratada una póliza de accidentes con cobertura integral y que se quitó la vida por motivos laborales.PublicidadEn una sentencia recientemente notificada, la magistrada estima el recurso de la esposa del fallecido, que reclamaba una indemnización en atención a los hechos probados por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), que en un fallo de 2023 calificó la muerte de este trabajador como accidente laboral.El tribunal de instancia ha estimado sus pretensiones, al considerar en la sentencia que "la muerte por suicidio fue la fase final de un proceso patológico inducido por el entorno laboral"."No fue, por tanto, un acto intencionado, sino que la capacidad decisoria del asegurado estaba absolutamente comprometida por su entorno laboral, encontrándose en un estado de distorsión cognitiva y de miedo insuperable, incompatible con el concepto de intencionalidad, por carecer de la conciencia necesaria para que pudiera imputársele tal decisión", añade el fallo.La aseguradora, que, según informa el TSJC en un comunicado, podrá recurrir esta sentencia en apelación ante la Audiencia de Cantabria, se oponía a las pretensiones de la viuda alegando que la muerte por suicidio no está amparado por la póliza suscrita porque no fue un accidente sino un evento intencionado.PublicidadLa magistrada discrepa del argumento y señala en su sentencia que "la voluntariedad tiene como presupuesto la imputabilidad del sujeto, es decir, la capacidad del propio sujeto de entender y de querer en el momento en que se efectúa la acción".Apunta, además, que de los hechos que fueron probados en el procedimiento laboral "se extrae necesariamente la conclusión de la falta de voluntariedad de dicho acto en cuanto íntimamente vinculado a las circunstancias laborales del asegurado, que anularon su voluntad dada la situación anímica a la que estaba sometido".Concluye la magistrada que "la situación emocional determinante de esta decisión se encontró directamente relacionada con las condiciones laborales del trabajador, y la decisión de quitarse la vida estuvo vinculada de manera próxima y más que directa por su trabajo", y añade que los tres informes médicos periciales aportados a la causa llegan a la misma conclusión, que la muerte por suicidio del trabajador no fue voluntario.PublicidadEl 024 es la línea de atención a la conducta suicida, disponible las 24 horas del día, todos los días del año y de forma gratuita y confidencial. Ofrece apoyo inmediato a personas con ideación suicida, a familiares y a personas allegadas, con atención especializada y en varios idiomas. También se puede contactar con los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Si no es posible realizar una llamada, existe la aplicación ALERTCOPS, que permite enviar una señal de alerta con geolocalización a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Condenada una aseguradora a pagar una indemnización tras una muerte por suicidio por causas laborales
La jueza estima el recurso de la viuda del fallecido, que tenía contratada una póliza de seguros, y obliga a la empresa a indemnizarla con 100.000 euros








