Este martes, 16 de junio, a través del Decreto Ejecutivo 423, Noboa determinó el estado de excepción por 60 días.Publicidad16 de junio, 2026 - 13h21Diez provincias y tres cantones de Ecuador entran a una nueva fase de estado de excepción por decisión del presidente de la República, Daniel Noboa.Este martes, 16 de junio, a través del Decreto Ejecutivo 423, Noboa determinó la medida por 60 días por grave conmoción interna en las provincias de Guayas, Santa Elena, Manabí, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas, Pichincha, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay, además de los cantones La Maná (Cotopaxi), Las Naves (Bolívar) y La Troncal (Cañar).Medidas que se aplicarán por estado de excepciónPublicidadEn la declaratoria se incluye la suspensión de los derechos de inviolabilidad de domicilio e inviolabilidad de correspondencia en las provincias y cantones mencionados. Sin embargo, no se especifica sobre toque de queda o alguna restricción de movilidad por determinado horario.Medidas específicas del decretoEl decreto establece que la suspensión del derecho a la inviolabilidad del domicilio permitirá a las fuerzas del orden la realización de allanamientos inmediatos que se efectuarán en virtud de las causas que motivaron la presente declaratoria, es decir, cuando existan indicios de la ocultación de integrantes de grupos armados o estructuras de delincuencia organizada.Además, se dispone el empleo e intervención de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía con el fin de precautelar la seguridad interna, el restablecimiento, mantenimiento y el control del orden público y seguridad ciudadana, además de prevenir cualquier actividad criminal o delincuencial que afecte el ejercicio de garantías, derechos y libertades de la población.PublicidadPublicidadA la par, se ordenó la requisición temporal de bienes y servicios de origen lícito que resulten estrictamente necesarios para garantizar la continuidad de las operaciones de las fuerzas de seguridad, en cumplimiento de los fines de la presente declaratoria, protegiendo las garantías, derechos y libertades de la población.Las requisiciones se efectuarán únicamente en las provincias y cantones en los cuales se emite la declaratoria, en caso de extrema necesidad y como último recurso bajo responsabilidad de las autoridades competentes encargadas de la ejecución de la declaratoria, y se regirán bajo lo dispuesto en la Constitución, la Ley de Seguridad Pública y del Estado, su reglamento y normativa secundaria aplicable, a fin de garantizar la devolución de los bienes no fungibles una vez satisfecha la necesidad o al término del estado de excepción; o indemnizando de forma equivalente al justo valor del servicio o de los bienes requisados, según cada caso. (I)