El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que los Estados miembros pueden exigir la verificación de la edad a los usuarios que intenten acceder a páginas webs pornográficas, con el objetivo de evitar el acceso menores. La resolución, publicada este martes, aclara que los países tienen potestad para restringir el acceso a estos portales de contenido para adultos incluso cuando las empresas que los gestionan estén fuera de su territorio.
La decisión responde a una consulta del Consejo de Estado francés, a raíz de los recursos presentados por varias empresas de origen checo. Estas compañías argumentaron que la normativa gala que impone sistemas de control de edad vulneraban las leyes europeas sobre comercio electrónico, que establecen que las plataformas digitales solo deben someterse a la regulación del Estado donde tienen fijada su sede legal.
El tribunal aclara que, aunque dicho principio busca garantizar la libre circulación de servicios en el mercado común europeo, la normativa permite introducir excepciones de orden público o protección de la infancia.
Para aplicar estas restricciones, los magistrados establecen que las medidas deben ser proporcionadas al objetivo que persiguen. “No obstante, antes de adoptar medidas de ese tipo, salvo en caso de urgencia, es necesario, por una parte, solicitar al Estado miembro de establecimiento del prestador de servicios en cuestión que adopte él mismo las medidas adecuadas y, por otra parte, notificar a la Comisión Europea y a dicho Estado miembro la intención de adoptarlas”, explica el TJUE.











