El diputado de Sumar en Comú Podem Félix Alonso Cantorné ha defendido este lunes en el Tribunal Supremo que las contrataciones que realizó entre 2017 y 2019 como alcalde de Altafulla (Tarragona) que están siendo investigadas la Sala Penal siguieron criterios técnicos y no de afinidad partidista o política. Cantorné ha comparecido ante el magistrado Vicente Magro, instructor de la causa que el Supremo abrió en abril pasado después a petición de un juzgado de El Vendrell, dada la condición de aforado del diputado catalán. Fuentes jurídicas señalan que el parlamentario ha rechazado que se fraccionaran contratos para poder adjudicarlos a dedo y eludir la licitación pública, y ha alegado que el Ayuntamiento no contaba con personal especializado en asuntos jurídicos, por lo que contrataron de forma externa a dos despachos de abogados para trabajos específicos.El Supremo ha encausado a Cantorné por prevaricación administrativa cometida, supuestamente, torno a la contratación de dos empresas, Milá Advocats y Sinergia, esta última vinculada a el ex consejero de Interior de la Generalitat, Joan Ignasi Elena, y Joan Herrera, quien fue líder de Iniciativa per Catalunya. Con ambas sociedades se firmó un contrato de asesoramiento jurídico por un año (con la primera en 2016 y con la segunda, en 2017), pero se les pagaron facturas pasado ese plazo. Según el juez de El Vendrell que remitió el caso al alto tribunal, el alcalde pretendió “dar apariencia de legalidad” acudiendo “a una dinámica de contratación a través de la figura del contrato menor, con lo que eludía los requisitos de publicidad, y permitía la adjudicación directa y posibilitaba una elección arbitraria del adjudicatario”.Fuentes del caso señalan que el diputado, que ha contestado a las preguntas formuladas por todas las partes, ha explicado que, entre 2010 y 2020, el municipio de Altafulla experimentó un importante crecimiento, multiplicando aproximadamente por tres su población. Pero este incremento de habitantes y la consiguiente presión urbanística y turística no fue acompañado por un refuerzo equivalente de los recursos humanos, por lo que el Ayuntamiento se vio obligado a afrontar estas nuevas necesidades con una plantilla “insuficiente” y limitada por las restricciones de la conocida como Ley Montoro, en referencia al entonces ministro de Hacienda con el PP, Cristóbal Montoro.Cantorné ha explicado que en este contexto es en el que se produce, en primer lugar, la contratación del despacho profesional de Salvador Milà, un jurista con más de 40 años de experiencia en el ámbito del derecho urbanístico y administrativo. Posteriormente, se contrata el despacho Sinergia, especializado en urbanismo, derecho administrativo y medio ambiente, y que prestaba servicios de forma habitual en administraciones públicas de toda Cataluña. El ahora diputado ha defendido que las contrataciones respondieron exclusivamente “a criterios de especialización técnica, experiencia profesional y confianza, y en ningún caso a consideraciones de naturaleza política o partidista”, señalan fuentes de la defensa. Después de Cantorné han prestado también declaración 11 testigos, entre ellos, la interventora municipal, quien, según estas fuentes, ha admitido que ese tipo de contratos eran habituales para muchos servicios municipales. También han comparecido los exconseller y actual diputado autonómico de ERC Joan Ignasi Elena, el exdirigente de Iniciativa per Catalunya Verds Joan Tardà y el exconseller de Medio Ambiente Salvador Milá, además de agentes de los Mossos d’Esquadra y trabajadores de la Oficina Antifraude de Cataluña. El Supremo, como suele hacer de forma habitual con los aforados a los que abre causa, citó a declarar al parlamentario de Sumar En Comú Podem de forma voluntaria antes de decidir si reclama al Congreso que levante la inmunidad del diputado para poder investigarle formalmente. Cantorné aceptó el ofrecimiento y ahora serán el magistrado Magro el que decida si sigue adelante y pide a la Cortes el permiso necesario para investigar al diputado (a través del llamado suplicatorio) o si sobresee el caso.