El juez de la Audiencia Nacional Jos� Luis Calama ha acordado abrir una pieza separada del caso Plus Ultra para investigar al ex presidente Jos� Luis Rodr�guez Zapatero por delitos fiscal y de contrabando en relaci�n con las joyas halladas en el registro practicado el pasado 19 de mayo en la oficina del expresidente del Gobierno, cuyo origen "en estos momentos no est� justificado" y cuyo valor ha sido tasado de forma preliminar en 1.323.915 euros.En un auto, el magistrado acuerda comunicar la imputaci�n a Rodr�guez Zapatero a trav�s de su representaci�n procesal, para que pueda tomar conocimiento de ellos y ejercer su derecho de defensa, al tiempo que se�ala la declaraci�n por estos hechos para el mismo d�a para el que ya estaba citado en la pieza principal del denominado caso Plus Ultra, esto es, los pr�ximos 17 y 18 de junio.El juez indica que, una vez recibida la tasaci�n preliminar y sin perjuicio de una pericial posterior que abarque otros datos anal�ticos de inter�s, la posesi�n de bienes de lujo de elevado valor, unida a la ausencia de trazabilidad fiscal sobre su adquisici�n, constituye "un indicio objetivo y racional de la posible existencia de una defraudaci�n tributaria relevante, en tanto que la adquisici�n de joyas del valor indicado genera necesariamente obligaciones fiscales, ya sea en concepto de IVA, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, e IRPF, seg�n la naturaleza del negocio jur�dico".Para el magistrado, la posible falta de acreditaci�n sobre la adquisici�n de las joyas podr�a facultar a la Agencia Tributaria para imputar una ganancia patrimonial no justificada en el IRPF de Jos� Luis Rodr�guez Zapatero, resultando aplicable un tipo marginal en torno al 46%. De esta forma, a�ade, la inexistencia de declaraci�n o pago de cualquiera de estos tributos permite inferir la posible existencia de una cuota defraudada superior al umbral t�pico, que se sit�a en 120.000 euros. Por todo ello, estos hechos, indiciariamente, seg�n el juez, pueden ser constitutivos de un delito contra la Hacienda P�blica, previsto y penado en los arts. 305 CP y siguientes.Adem�s, Calama argumenta que la actuaci�n de Rodr�guez Zapatero tambi�n podr�a encajar en un delito de contrabando en relaci�n con los art�culos. 2 y 3 de la Ley Org�nica 12/1995, de Represi�n del Contrabando, "en la medida en que la introducci�n, tenencia o circulaci�n en territorio nacional de joyas cuyo valor global asciende a aproximadamente 1.323.915 euros, sin acreditaci�n del pago de los derechos arancelarios, impuestos especiales o tributos asociados a su importaci�n, constituye un indicio objetivo de que tales bienes pudieron haber accedido al territorio aduanero de la Uni�n Europea eludiendo los controles y obligaciones fiscales exigibles".El magistrado a�ade que la ausencia de documentaci�n aduanera, de facturas de importaci�n o de cualquier justificante de despacho de aduanas impide descartar que las joyas hubieran sido introducidas en Espa�a al margen de los procedimientos de control aduanero, superando ampliamente el umbral cuantitativo de 150.000 euros previsto para la tipicidad penal.Explica que el investigado dispone de la ocasi�n procesal adecuada para ofrecer las explicaciones que estime pertinentes y aportar la documentaci�n que "que pudiera disipar la indiciaria ilicitud de la posesi�n de los efectos intervenidos, ya sea acreditando su l�cita adquisici�n, o su correcta importaci�n".El auto se�ala que la aparici�n de estos hechos aut�nomos de la pieza principal, que se sigue por delitos tr�fico de influencias, blanqueo de capitales, falsedad documental y organizaci�n criminal, entre otros, exige tramitarlos en una pieza separada en l�nea con la jurisprudencia del Tribunal Supremo para evitar la innecesaria complejidad y la denominada "elefantiasis procesal" que el legislador ha querido corregir.Para el juez, existen elementos suficientes para investigar lo relacionado con las joyas en una investigaci�n aut�noma, sin perjuicio de las diligencias que se puedan acordar para determinar su origen y eventual relevancia penal.Considera que Los hechos relativos a la intervenci�n de las joyas presentan naturaleza, estructura y posibles responsables distintos de los investigados en la causa principal, pues estos hechos, inicial e indiciariamente, aparecer�an vinculados �nicamente a Jos� Luis Rodr�guez Zapatero.Por todo ello procede incorporar en esta pieza la documentaci�n y efectos intervenidos y poner en conocimiento del investigado de esta nueva imputaci�n con el fin de pueda ejercer el derecho de defensa en relaci�n con estos nuevos hechos.