OpiniónEn lugar de escuchar los debates entre los candidatos a la Presidencia, terminamos discutiendo sobre asuntos como el uso de una camiseta.11.06.2026 22:01 Actualizado: 11.06.2026 22:01 La judicialización de la política es una patología de las democracias. Luego de la primera vuelta presidencial, que ganó el abogado Abelardo de la Espriella, la estrategia del petrismo para golpearlo se ha venido edificando a través del uso temerario de la acción de tutela.Primero, una juez falló en contra del uso de la camiseta de la Selección Colombia por parte del candidato De la Espriella, de su fórmula vicepresidencial y de los simpatizantes de su campaña. La decisión recibió múltiples críticas porque, para la jueza, la camiseta constituye un símbolo nacional. Es evidente que pretender restringir el uso de una prenda deportiva vulnera los derechos fundamentales de quienes la adquieren y utilizan libremente, carece de un fundamento constitucional serio y convierte a la acción de tutela en un instrumento para intervenir en la contienda política.Esta semana, otra tutela nos puso a discutir no por su profundidad, sino por su absurdo. Un magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, mediante medidas provisionales, le prohibió a la campaña de Abelardo de la Espriella utilizar expresiones como “Defensores de la Patria”, “Firmes por la Patria” o emplear símbolos patrios, en aras del “interés público”. La decisión plantea serios interrogantes constitucionales. La medida afecta directamente la libertad de expresión consagrada en el artículo 20 de la Constitución y en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, especialmente tratándose de expresiones utilizadas en el marco de una campaña política, ámbito en el que la protección constitucional es particularmente intensa.La Corte Constitucional ha sostenido de manera reiterada que el discurso político goza de una protección reforzada por su estrecha relación con el pluralismo democrático y con el derecho de los ciudadanos a recibir información. Así lo ha reconocido, entre otras, en las sentencias T-391 de 2007, C-442 de 2011 y SU-274 de 2019. En la misma línea, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado, en casos como Herrera Ulloa vs. Costa Rica, Ricardo Canese vs. Paraguay y Kimel vs. Argentina, que el debate sobre asuntos públicos y políticos merece el más alto nivel de protección en una sociedad democrática.La justicia no puede ser árbitro de una decisión electoral. Jugar con la libertad de expresión y con los derechos políticos es poner en riesgo una de las piedras angulares de la democracia.También resulta pertinente recordar que la jurisprudencia interamericana ha señalado que no cabe el uso de nociones amplias e indeterminadas como el interés público, el bien común o razones genéricas de conveniencia estatal para vaciar de contenido un derecho protegido por la Convención Americana.Ante esta andanada judicial, que jurídicamente no conducirá a nada, la primera decisión seguramente será apelada y revocada por el superior jerárquico. En el segundo caso, se solicitará de manera inmediata el levantamiento de la medida provisional y se interpondrá una acción de tutela contra la propia decisión, conforme a lo establecido en la Sentencia C-590 de 2005 de la Corte Constitucional. Allí se reconoció la procedencia excepcional de la tutela contra providencias judiciales cuando estas incurren, entre otros defectos, en violación directa de la Constitución, desconocimiento del precedente o defecto sustantivo.La justicia no puede ser árbitro de una decisión electoral. Jugar con la libertad de expresión y con los derechos políticos es poner en riesgo una de las piedras angulares de la democracia. Lo paradójico es que, en lugar de escuchar los debates entre los candidatos a la Presidencia y la Vicepresidencia, terminamos discutiendo sobre asuntos como el uso de la camiseta de la Selección Colombia o sobre si un candidato puede utilizar o no la palabra “patria”.Al final, el problema de fondo es otro: el daño institucional que se produce cuando se traslada el debate electoral de las plazas públicas, los medios de comunicación y las urnas a los tribunales de justicia. Ese es, precisamente, uno de los síntomas más preocupantes de la judicialización de la política.*Ex fiscal general de la Nación. Profesor del Adam Smith Center for Economic Freedom, Florida International University (FIU) Sigue toda la información de Opinión en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal. BOLETINES EL TIEMPORegístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.EL TIEMPO GOOGLE NEWSSíguenos en GOOGLE NEWS. 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