El pasado 4 de mayo, más de 1,8 millones de alumnos de la Costa y Galápagos de los planteles fiscales iniciaron el año escolar. A ellos se sumaron más de 300.000 estudiantes de establecimientos particulares. Todos han cumplido un mes con importantes modificaciones en la normativa interna, especialmente en la disciplina. El doctor Rodolfo Chang, rector de Copol, comparte que el Ministerio de Educación, en el acuerdo 28-A, les ha dado un marco de acción y, con él, una autonomía que antes no tenían en el manejo disciplinario. “Antes de este acuerdo, teníamos que manejar las situaciones como un conflicto entre pares y las alternativas para solucionarlo estaban determinadas en la ley, pero si no se solucionaba, el caso iba al distrito”, y a medida que esto aumentaba, la respuesta podía demorar de uno a tres meses, pues se concentraban casos de todas las escuelas del distrito, expone. Publicidad‘Se busca minimizar la captación de niños y adolescentes en actividades delictivas’, dice Gilda Alcívar, ministra de Educación, sobre el plan Comunidades Educativas SegurasEl doctor Chang considera que así se perdía algo del aspecto formativo de la medida. “El acuerdo 28-A define cuáles son las medidas disciplinarias que una institución educativa puede tomar y cuáles no”. Y lo que prima aquí son los mecanismos de resolución de conflictos. “Si dos estudiantes pelean, por ejemplo, la alternativa es hacer una mediación, un diálogo, tratar de llegar a algún acuerdo”. El 28-A también especifica que las medidas principales para manejar una situación disciplinaria son:Procesos de reflexión guiadaAcuerdos reparatoriosAcciones de servicio educativo con sentido pedagógico“No es la primera intención sancionar, sino formar o educar a partir de una reflexión sobre el acto”, explica. Sin embargo, si no se resuelve, el acuerdo le da potestad a las autoridades de la institución, en este caso al rector, de tomar medidas socioeducativas o disciplinarias que deben estar escritas en el código de convivencia institucional. PublicidadPublicidadQue sea un proceso socioeducativo o disciplinario depende de la situación. “Por ejemplo, en una copia en un examen o un plagio, nuestro código de convivencia dice que ese examen no puede ser calificado o que tiene la nota mínima”, manifiesta. El rector insiste en que la prioridad es que de esta experiencia quede un aprendizaje: “Incluso las medidas socioeducativas tienen ese propósito”. Para enmendar un error hay que aprender a reconocerlo y pedir disculpas. Los mecanismos alternativos de resolución de conflictos consisten en reunir a los estudiantes para dialogar sobre lo que pasó y que puedan pedir disculpas. “Se entiende que ese conflicto queda solucionado en el momento en que se hace una mediación”, agrega. PublicidadAdemás, están las medidas restaurativas: “Vamos a suponer que el uno le dañó al otro el cuaderno o una tablet, entonces debe comprometerse a reponer la propiedad dañada”. Faltas académicas y de convivencia en colegios¿Quién está a cargo de las mediaciones? “El psicólogo o consejero del DECE estimula estos encuentros para que se pidan disculpas, para que se reponga lo que se haya dañado, pero el objetivo es mantener una relación armónica a mediano y largo plazo”, de la cual tiene que haber seguimiento, sostiene. De ser necesaria otra instancia, porque no hubo conciliación, intervienen directamente las autoridades del plantel. Chang recalca que los estudiantes están en un proceso de desarrollo, enfrentándose a nuevas situaciones sociales, y que los conflictos pueden ser una vía de preparación para la vida futura: “La mayoría de los casos se resuelve de esa manera”. Desafíos educativos: de los excesos a la reflexiónQuienes fueron educados en los 80 y los 90 (o antes) tienen otros referentes. Recuerdos de una fila en el patio hasta que alguien confesara alguna falta. De un cuarto de castigo. De pasar una hora en el rincón. Cuando surgen noticias de estudiantes rompiendo la citada convivencia, dentro o fuera del colegio, las generaciones anteriores suelen recomendar que las viejas prácticas vuelvan. Publicidad“Si retrocedemos más, en los 60 y los 70 incluso había la palmeta, el castigo físico y ahí se cometieron muchos excesos”, recuerda Chang. “Por eso, la legislación ecuatoriana comenzó a pensar sobre este tipo de castigos y quedaron prohibidos”, apunta. Hoy el docente puede ir preso, menciona. “Hace 30 años había poca relación y consideración del efecto psicológico y emocional que un castigo de esta naturaleza podía producir”, establece Chang. “Un estudiante en un rincón, mirando a la pared, quedaba catalogado por el resto del curso o etiquetado como ‘tonto’, iba a ser hasta discriminado en ciertas situaciones académicas”, añade. El advenimiento del Código de la Niñez y la Adolescencia (vigente desde 2013) marca para el educador el momento en que creció la conciencia de que era más efectivo generar reflexión en el estudiante. “El enfoque ya no es sancionatorio, sino formativo. La idea es que como ser humano te puedes equivocar, interactuaste mal con tu compañero, le dijiste o hiciste algo que le disgustó, aprende de esa situación para que no vuelva a ocurrir”, subraya.En la opinión del educador, poner a un alumno de rodillas para que piense en lo que hizo mal generaba un joven que en adelante se cuidaría de que no lo volvieran a sorprender en falta, pero no lo alejaría de esa conducta. “Eso no es formativo. Lo que se pretende ahora es que el estudiante diga: ‘Esto no se debe hacer’”, puntualiza. La autonomía en los colegios ecuatorianos, un retorno esperadoEn los últimos 20 años se ha pasado de que la disciplina estuviera en total control de los colegios, a que este pasara a manos del distrito y un nuevo cambio, más colaborativo, indica el ingeniero Carlos Morlás Espinoza, vicerrector del Colegio Americano. “Con la actual ministra, la doctora Gilda Alcívar, salió en abril una disposición en que, por un lado, ya no se califican ciertas faltas como graves, quedan bajo la normativa del colegio y se les da más autonomía a los rectores para tomar medidas disciplinarias, cosa que no ocurría antes. Eso es un paso adelante”, considera, porque de lo contrario los directivos se sienten “de manos atadas”. Además, acudir por cada asunto de disciplina al distrito era un protocolo que no todos los padres elegían tomar. “Creo que es un excelente paso devolver la autonomía a los colegios para el manejo de la disciplina en ciertos puntos, vamos avanzando, es perfectible”, indica. Morlás ve dos aristas en esta disposición: “Una es que ya dejaron de ser faltas graves el uso de celulares fuera del horario de actividades académicas, las muestras de afectos consensuadas entre estudiantes y los apodos y comentarios. Siempre y cuando se resuelvan dentro de la normativa de cada colegio”. Él califica esta decisión como buena. En su institución, los alumnos dejan los celulares en una caja durante las clases y pueden usarlos en los recesos. El acuerdo ministerial determina que el uso de celulares está restringido para garantizar la concentración en el aula: prohibido en nivel inicial y educación general básica y permitido con fines pedagógicos, de manera excepcional y bajo supervisión del docente en bachillerato. Para las parejas jóvenes que se dan besos y abrazos dentro del perímetro escolar no hay sanción, pero tampoco significa que esto esté permitido. “Ahora todos los colegios son mixtos en secundaria, obviamente van a existir parejas, no podemos impedir eso”, comenta. Pero la disuasión del contacto físico se mantiene para no caer en el riesgo de que los jóvenes pierdan el control. Otra infracción es el uso del uniforme en espacios ajenos al colegio, aquello “no está castigado, pero está regulado”. ¿Qué constituye una falta grave y por tanto sancionada? El 28-A menciona incidentes de acoso escolar, violencia física o psicológica u hostigamiento académico. Estas acciones “escapan de la jurisdicción de las autoridades del plantel y son competencia exclusiva de la Junta Distrital de Resolución de Conflictos”, según el documento.El vicerrector indica que entre las conductas sancionadas directamente por el código de convivencia de los colegios figuran escaparse del plantel, solicitar dinero y consumir alcohol, tabaco y drogas. “Eso no lo podíamos hacer antes. No podíamos intervenir, porque teníamos que ir al distrito”, destaca. Más de 1,8 millones de estudiantes de planteles fiscales de régimen Costa-Galápagos retornan a clases con ajustes en normativas de disciplinaÉl reafirma que, en estos casos, hay que proteger tanto al estudiante como a todo el plantel de estos problemas. Las sanciones, eso sí, están mediadas por la reflexión, la restauración y la reparación académica. Según indica el acuerdo, hay que analizar si en los acontecimientos hubo o no intención de dañar, desequilibrios de poder, violencia o acoso. Si no la hay, es competencia del colegio. Además, hay que tomar en cuenta si es un hecho aislado, si es ocasional o es una reincidencia o complicación de un caso anterior. Incluso, de ser una reacción, que sea proporcionada: silencio, actitud defensiva, confrontación verbal o elevación del tono de voz. Nuevamente, hay que observar la intencionalidad. Cuando un estudiante es reincidente, se llama a los padres de familia para que ellos también participen en el proceso de reflexión y restauración. Morlás ha observado que lo que más afecta (de una manera positiva) a los chicos es tener que dar una reflexión frente a todos sus compañeros, hablar en público, exponer sus pensamientos en presencia de otros. “Si se van de golpes entre dos estudiantes, ¿sabes qué? Haz una reflexión del manejo de la ira”, manifiesta. La deshonestidad académica, por otra parte, es algo que los educadores se toman muy en serio. Aquí se aplica un castigo tanto en la nota como en el comportamiento. “Tienes 1 en la actividad que se estaba haciendo y se te castiga también en el comportamiento”, enfatiza. A todo esto, ¿cuál es la respuesta de los padres? “La mayoría está de acuerdo, pero sí hay un minúsculo grupo que no lo está”, declara. En estos casos se acude al distrito. Espíritu de mediación y reflexiónEl Acuerdo Minedec-2026-00028-A, presentado en abril de este año, regula y devuelve la autonomía a los rectores de los planteles para que puedan tomar decisiones sobre alguna acción que pueda alterar la paz o la zona de convivencia dentro de la comunidad educativa, confirma Josué Arízaga Ruiz, subsecretario de Educación del Distrito de Guayaquil (Zona 8), que comprende los cantones de Guayaquil, Durán y Samborondón. ¿Cuál es el propósito? “Primero, tiene un espíritu de mediación y de reflexión, busca medidas alternativas para resolver cualquier tipo de acto que aleje a los estudiantes de la paz y la sana convivencia dentro de la comunidad”, dice Arízaga. Los códigos de convivencia son el parámetro dentro de cada institución, que han sido reformulados a la luz del acuerdo por una comisión que está compuesta por docentes, padres de familia y representantes de los estudiantes.Ellos también determinan las sanciones, que deben ser proporcionales al acto y estar precedidas por medidas alternativas, tal como indicaron anteriormente los rectores: el diálogo, la reflexión, los círculos restaurativos con padres y profesores. “Las medidas se tienen que ajustar a la realidad de cada plantel”, pero en correspondencia con la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su reglamento, que nombra el tipo de sanciones que se pueden aplicar. El funcionario destaca que todo el tema de la violencia —digital, física, psicológica o de índole sexual— sigue siendo competencia de las juntas distritales. “Esa competencia es netamente del Ministerio de Educación, Deporte y Cultura”, sostiene.Los asesores educativos de cada distrito darán un acompañamiento permanente a todos los planteles, particulares y fiscales, para revisar los códigos y su aplicación. “Si existe algún tipo de inquietud o desacuerdo por la persona que está intervenida por el código de convivencia, puede acercarse al distrito más cercano a su hogar para verificar si el proceso fue correctamente implementado, ya que de cualquier falta tienen que existir pruebas de cargo y de descargo”, señala. Arízaga indica que el ministerio podría rectificar o tomar otra decisión después de haber investigado. El fin del acuerdo es preservar la sana convivencia en las comunidades educativas y que, si se altera, sea posible recuperarla a través de mecanismos en los que los estudiantes y sus familias puedan participar. “Es decir, una corresponsabilidad. Un dato importante es que en el sistema fiscal en este año hemos contratado más de 1.500 profesionales de DECE adicionales, encargados de la parte socioemocional y psicosocial de los estudiantes. Y esta contratación nos ha permitido llegar a una cobertura del 80 % en la Zona 8 y en algunas provincias al 100 %”, detalla. El abuso de sustancias sujetas a fiscalización, prohibido en todo el sistema, tiene un protocolo que empieza por ponerlo en conocimiento de la autoridad del plantel, denunciar a la Fiscalía General del Estado y pedir la intervención del DECE para conocer la situación personal, la salud y los recursos emocionales del estudiante.“A la par, va la derivación al Ministerio de Salud Pública para atención psicológica plena, para que ellos determinen algún tipo de eventualidad”, afirma. Arízaga explica que esto lo atiende la Junta Distrital de Resolución de Conflictos del Minedec. El bachillerato sigue siendo el nivel educativo en el que se abren más casos por disciplina, algo que el subsecretario atribuye a cambios físicos y emocionales que podrían estar desatendidos. “Es importante resaltar que la educación es una corresponsabilidad de las familias y el ministerio”, asegura. (F)
Restaurar, conciliar ¿y sancionar? La disciplina en los colegios ecuatorianos
El Acuerdo Minedec-2026-00028-A regula y devuelve la autonomía a los rectores para decidir sobre acciones que puedan alterar la paz en sus planteles.















