Publicidad5 de junio, 2026 - 10h20Los trabajadores en relación de dependencia podrán presentar un nuevo formulario de proyección de gastos personales ante sus empleadores durante todo este mes. El trámite es necesario cuando se registran cambios en el nivel de ingresos, variaciones en el número de cargas familiares o modificaciones en la estimación de los gastos, según el Servicio de Rentas Internas (SRI). Los contribuyentes pueden proyectar gastos en los rubros: PublicidadAlimentaciónEducaciónArte y culturaSalud VestimentaVivienda Turismo nacional en establecimientos registradosAlimentación y salud de mascotas Intereses por préstamos quirografariosDe acuerdo con el SRI, el formulario también permite modificar la información relacionada con los ingresos percibidos por concepto de salarios y beneficios sociales de trabajadores que no formen parte de las actividades económicas desarrolladas por el contribuyente.Asimismo, la normativa vigente permite deducir los gastos correspondientes a cargas familiares que comprenden a padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad. Para acceder a este beneficio, estas personas no deben generar ingresos gravados y deben depender económicamente del trabajador o percibir ingresos gravados anuales que no excedan el equivalente a un salario básico unificado. PublicidadPublicidadEs importante tener en cuenta que una misma persona no puede ser registrada como carga familiar por más de un contribuyente, recuerda el Servicio de Rentas Internas. Para el ejercicio fiscal 2026, la rebaja por concepto de gastos personales equivaldrá al 18 % del menor monto entre los gastos proyectados por el contribuyente y el valor de la canasta básica familiar correspondiente a enero de 2026, fijada en $ 821,80. El beneficio variará en función del número de cargas familiares registradas, conforme a la siguiente tabla: PublicidadCargas familiaresNúmero de canastas familiares básicas (n)Límite máximo de gastos personales CFB x nLímite máximo de rebaja GP x 18 % 07$ 5.752,60$ 1.035,4719$ 7.396,20$ 1.331,32211$ 9.039,80$ 1.627.16314$ 11.505,20$ 2.070,94417$ 13.970,60$ 2.514,715 o más 20$ 16.436$ 2.958,48Personas con enfermedades catastróficas, raras y/o huérfanas100$ 82.180$ 14.792,40El SRI indica que cuando el contribuyente o alguna de sus cargas familiares presenta una discapacidad o padece una enfermedad catastrófica, rara o huérfana, la rebaja de gastos personales corresponderá al 18 % del menor valor entre los gastos reportados y el resultado de multiplicar por 100 el valor de la canasta básica familiar. En Galápagos, el cálculo se realizará aplicando el Índice de Precios al Consumidor Especial de Galápagos (Ipceg), fijado en 1.803. El formulario de proyección de gastos personales para el periodo fiscal 2026 se encuentra disponible en https://www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos. (I)
SRI: trabajadores en relación de dependencia podrán actualizar gastos personales durante todo junio
El trámite se aplica en caso de cambios en ingresos, cargas familiares o gastos proyectados.
















