Los beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de 52 años se cuentan por cientos de miles y muchos ellos se habrán visto afectados por la Campaña de la Renta que, desde el 8 de abril y hasta el 30 de junio, permite a los contribuyentes regularizar su situación respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el IRPF. Las personas que perciben prestaciones o subsidios por desempleo no están exentos de presentar la Renta: deberán hacerlo si se encuentran entre los casos obligatorios de presentación de la declaración y, aunque no estén obligados, podrán presentarla si les sale 'a devolver'.
El caso de personas con una declaración 'a devolver' es importante cuando se trata de beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años. La razón es que todos estos contribuyentes tienen que cumplir una condición para seguir cobrando el subsidio: respetar el límite de rentas marcado por la normativa.
Sin embargo, los contribuyentes con una declaración de la Renta 'a devolver' pueden estar tranquilos. Lo confirma la asesora de la subdirección de Prestaciones del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), María José Gómez, en declaraciones al programa radiofónico 'Madrid Trabaja', de Onda Madrid.













