Actualizado Jueves,

junio

13:23El Tribunal Supremo ha abierto una causa penal al senador del PSOE y alcalde de Villaluenga del Rosario (C�diz), Alfonso Carlos Moscoso, por proponer como jueza de paz a su esposa, tambi�n afiliada al partido.La magistrada Susana Polo ser� la encargada de investigar la querella de la Fiscal�a que acaba de admitir a tr�mite el Supremo y que tambi�n se dirige contra su mujer por un presunto delito de prevaricaci�n.El Supremo abre causa contra ambos dado el aforamiento del que, como senador, goza Moscoso. Una prerrogativa que no tiene su mujer, si bien al considerar la Sala que los hechos son inescindibles, tambi�n la incluye en el procedimiento.En su auto, conocido este jueves, el Supremo recuerda el Reglamento de los jueces de Paz y Ley Org�nica del Poder Judicial determinan que los magistrados no pueden pertenecer a partidos pol�ticos o sindicatos, como en el mismo sentido dispone la Constituci�n.La Fiscal�a relata en su querella que en noviembre de 2022, el Ayuntamiento de Villaluenga del Rosario anunci� mediante edicto la elecci�n de juez de paz. Ning�n ciudadano de aquella poblaci�n, de un total de 464 habitantes, manifest� su inter�s en ocupar dicho cargo, y la esposa del alcalde, afiliada al PSOE desde octubre de 2007, curs� su solicitud.El 30 de marzo de 2023, el pleno de la corporaci�n aprob� por unanimidad la �nica candidatura presentada, la de esta mujer, y elev� la propuesta al Tribunal Superior de Justicia de Andaluc�a, cuya Sala de Gobierno, acord� su nombramiento el 4 de julio de ese a�o.Durante el tiempo en que actu� como jueza de paz, la mujer no dej� de asistir a los actos p�blicos del PSOE, seg�n la Fiscal�a. En mayo de 2025, renunci� al cargo.Para el Supremo, los hechos imputados al alcalde, de quien provino la propuesta del nombramiento, podr�an ser constitutivos de un delito de prevaricaci�n, que castiga "a la autoridad o funcionario p�blico que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesi�n para el ejercicio de un determinado cargo p�blico a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello".El C�digo Penal, recuerda la Sala, castiga asimismo a "la persona que acepte la propuesta, nombramiento o toma de posesi�n mencionada en el art�culo anterior, sabiendo que carece de los requisitos legalmente exigibles", lo cual, indiciariamente, ser�a imputable a la mujer.El auto indica que para ser aprobado el nombramiento por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior andaluz, la mujer present� una declaraci�n jurada en la que declaraba que para desempe�ar el cargo de juez de paz no presentaba incompatibilidades, ya que su profesi�n era la de sanitaria.La Sala destaca que "los delitos cuya instrucci�n se acuerda van dirigidos a fortalecer la independencia del Poder Judicial, en todas sus categor�as, incluidos los jueces de paz, de modo que desterrar cualquier sesgo de afinidad pol�tica partidista en sus componentes sea un objetivo esencial en un Estado de Derecho, definido por nuestra Carta Magna".