El Gobierno aprobó medidas laborales especiales para facilitar la participación ciudadana en la segunda vuelta presidencial del próximo 7 de junio del 2026. A través del Decreto Supremo N.° 007-2026-TR, se establecen beneficios para miembros de mesa y facilidades para trabajadores que deban trasladarse a otra ciudad para ejercer su derecho al voto. Únete a nuestro canal de política y economía La norma, publicada este 2 de junio, busca garantizar la participación electoral sin afectar el vínculo laboral de los ciudadanos que intervengan en el proceso o deban desplazarse fuera de su lugar de trabajo para sufragar. TE RECOMENDAMOSANÁLISIS DEL DEBATE: KEIKO VS. SÁNCHEZ ¿QUIÉN GANÓ? | QUE NO SE TE OLVIDE CON CARLOS CORNEJO Trabajadores podrán ausentarse hasta cuatro días si deben viajar para votar Uno de los principales alcances del decreto está dirigido a los trabajadores de los sectores público y privado que laboran en una localidad distinta a aquella donde les corresponde votar. En estos casos, quienes acrediten haber sufragado podrán dejar de laborar los días viernes 5, sábado 6, domingo 7 y lunes 8 de junio del 2026. Sin embargo, la norma precisa que los días laborables estarán sujetos a compensación. En el sector privado, la recuperación de horas deberá acordarse entre empleador y trabajador. Si no existe acuerdo, la decisión quedará en manos del empleador. En el sector público, cada entidad determinará la forma en que se recuperarán las jornadas no trabajadas, procurando mantener la continuidad de los servicios que brinda a la ciudadanía. Elecciones 2026: ¿Qué beneficios recibirán los miembros de mesa? El decreto también desarrolla las medidas para quienes participen como miembros de mesa durante la segunda vuelta presidencial. Los ciudadanos que fueron seleccionados mediante sorteo, completaron el proceso de capacitación y cumplan efectivamente la función tendrán derecho a un día de descanso remunerado no compensable, beneficio ya contemplado en la Ley Orgánica de Elecciones. Este descanso podrá hacerse efectivo dentro de los 90 días posteriores a la jornada electoral, de común acuerdo entre el trabajador y el empleador. Por otro lado, los miembros de mesa sorteados que no completaron la capacitación, pero sí desempeñen la función el día de la elección, recibirán un día de descanso remunerado compensable el lunes 8 de junio. El mismo beneficio alcanzará a los ciudadanos que sean designados el mismo día de la elección para integrar una mesa de sufragio debido a la ausencia de titulares o suplentes. En ambos casos, las horas dejadas de laborar deberán compensarse dentro de los diez días calendario posteriores o cuando lo determine el empleador según las necesidades del servicio. Elecciones 2026: ¿cuáles serán las facilidades para quienes trabajen el domingo de elecciones? La norma también contempla medidas para los trabajadores cuya jornada coincida con el domingo 7 de junio, fecha de la segunda vuelta presidencial. Estos trabajadores tendrán derecho a períodos de tolerancia, antes o durante la jornada laboral, para acudir a votar. Asimismo, quienes actúen como miembros de mesa estarán facultados para no asistir a laborar ese día, sin perjuicio de los beneficios adicionales que les corresponden por su participación en el proceso electoral. Para acceder a las facilidades previstas para miembros de mesa, los ciudadanos deberán presentar el Certificado de Participación emitido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), documento que acreditará el cumplimiento efectivo de dicha función. Las medidas forman parte de las disposiciones adoptadas por el Ejecutivo para garantizar la participación de los electores en la segunda vuelta presidencial del 7 de junio, en la que Keiko Fujimori y Roberto Sánchez buscarán alcanzar la Presidencia de la República.
Elecciones 2026: trabajadores podrán ausentarse hasta cuatro días para votar y miembros de mesa tendrán descanso laboral
Además, los miembros de mesa recibirán un día de descanso remunerado, el cual deberán acordar con su empleador. Esta normativa busca asegurar la participación ciudadana en el proceso electoral sin perjudicar el vínculo laboral de los ciudadanos.















