Pasó mayo, y la estrategia del Ejecutivo se consolida. Y hasta parece ser exitosa. De no mediar contratiempos, la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario, en caso de que la justicia lo ordene, demorará hasta agosto. Y, quizá, más allá también. La implementación de esa ley sancionada con respetables mayorías en el Congreso Nacional está hoy en manos del trío mandatario de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que no definió la cuestión el mes que está terminando. Y que, de tomar una decisión en junio, le dará al ministerio de Economía un plazo de 30 días para reglamentar la aplicación; con lo cual el Quinto Piso del Palacio de Hacienda reglamentaría la ejecución del incremento en los pagos universitarios desde julio, contabilizándose fiscalmente los pagos desde agosto. Dicho de manera menos técnica, el dinero recién habría que ponerlo sobre la mesa ese mes; con lo que en el peor de los casos (siempre para el gobierno), el costo de aplicar esta ley se resumiría a cinco meses del calendario fiscal. En términos de gasto público (aunque la educación no caiga en esa calificación), la erogación final para el ejercicio 2026 sería de entre 467 a 580 millones de dólares; y no de 1.400 millones. Sería un 0,08% del PBI, teniendo en cuenta que el costo global de aplicar el incremento del presupuesto universitario llegaría al 0,2%. Obviamente el esquema fiscal mejoraría (para el Gobierno) si la CSJ sigue demorando el fallo. Cada mes que corra sin definición cortesana son unos US$ 117 millones menos para descontar del presupuesto fiscal 2026. Y haciendo la cuenta al revés, contabilizando desde enero a julio el dinero ahorrado, el Ejecutivo ya acumuló unos 816 millones de dólares en el período en que no ejecutó la ley que le ordenó el Congreso Nacional. Se verá cuando se conozca la resolución de la Corte si se obliga al Ejecutivo a liquidar hacia atrás lo no pagado, pero aún así las cuentas públicas se verían beneficiadas. Este tipo de cuestiones de deudas fiscales impagas pueden cubrirse hacia delante con pagos mensuales de liquidación del pasivo, sin recurrir a la ejecución del rojo de una sola vez. Incluso, la propia Corte en fallos anteriores le permite al Ejecutivo pagar este tipo de deudas con bonos; con lo que las universidades públicas deberían estar agradecidas si el gobierno liquidara la eventual deuda con pagos mensuales correlativos desde el mes posterior vencido luego de un fallo de la CSJ.