La Agencia Tributaria ha tratado de frenar la exoneración de una deuda que acumulaba un matrimonio madrileño, alegando la mala fe de la deudora por una derivación de responsabilidad tributaria vinculada a antiguas deudas empresariales, tal y como explica la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que ha llevado este caso tan relevante y que, finalmente, ha conseguido el perdón de una deuda que ascendía a más de 70.000 euros.Concretamente, ha sido el Juzgado Mercantil nº 6 de Madrid el que ha concedido el perdón de 77.472,50 euros de deuda a este matrimonio madrileño que había quedado atrapado en una grave situación de insolvencia tras el fracaso de su actividad empresarial y profesional, un caso de especial relevancia debido a la oposición de Hacienda.
Sin embargo, el juzgado ha rechazado de forma contundente la postura de Hacienda y ha recordado que una derivación de responsabilidad no convierte automáticamente a una persona en deudora de mala fe ni basta, por sí sola, para impedir la cancelación de las deudas.
Consiguen mantener sus tres viviendas
La situación del matrimonio comenzó tras el hundimiento de su negocio y la imposibilidad de afrontar las obligaciones financieras acumuladas como consecuencia de la crisis de la empresa y de diversos avales personales firmados durante años de actividad. La deuda total ascendía a 234.717,50 euros, aunque gran parte correspondía a préstamos hipotecarios que la pareja continuaba pagando con normalidad.









