El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha corregido este miércoles la decisión que tomó en febrero y ha dejado sin efecto el traslado de una jueza que había pedido renunciar a su nueva plaza ante el rechazo del padre de sus dos hijos menores a un cambio de residencia. El pleno del CGPJ ha admitido el recurso de la magistrada y ha acordado por unanimidad anular la adjudicación del nuevo destino al apreciar, “de forma estrictamente excepcional y no generalizable”, que existen circunstancias que permiten en este caso revocar la asignación de una plaza ya obtenida, una posibilidad que no contempla la ley. El cambio de criterio del CGPJ da la razón a la magistrada, que, como contó EL PAÍS, se había visto en la encrucijada de tener que elegir entre renunciar a la custodia de sus hijos, llevárselos a la otra punta de España sin consentimiento del padre e iniciar una batalla judicial o tener que abandonar la carrera judicial. La magistrada había solicitado un cambio de destino dentro de un concurso de traslado voluntario del órgano de gobierno de los jueces que quedó resuelto en diciembre de 2025. Pero unos días después, la mujer presentó su renuncia alegando la negativa “sobrevenida e impeditiva” de su expareja al cambio de residencia de los hijos que tienen en común. La jueza pidió mantener su anonimato y las localidades de origen y destino del traslado, pero este implicaba a una población insular y una provincia situada en el extremo opuesto de la Península. Al pedir revocar su traslado, la mujer alegó que la renuncia no causaba ningún perjuicio porque ella fue la única persona que optó a la plaza que se le había adjudicado, y el cese en su actual destino quedó pospuesto hasta el 19 de junio para no interferir en el curso escolar de los niños, por lo que aún no ha tomado posesión del nuevo puesto ni el antiguo ha salido a concurso.Este fue también uno de los argumentos en los que se basó la comisión de igualdad del Consejo para apoyar la petición de la mujer en un informe emitido a principios de febrero. El Servicio de Personal del CGPJ, sin embargo, propuso no admitir la reclamación de la magistrada, al entender que el desistimiento solo es posible durante la tramitación del concurso y que, una vez adjudicada y publicada la plaza, la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) no prevé la posibilidad de renunciar e impone la toma de posesión. Con ese informe sobre la mesa, la comisión permanente acordó el 17 de febrero rechazar la petición de la mujer.Esa es la decisión que recurrió la jueza y que ahora ha corregido el pleno del Consejo. Según el CGPJ, aunque la ley impida renunciar a una plaza ya adjudicada, en este caso existen razones para admitirlo “al no haberse producido el cese ni la toma de posesión y no haberse generado perjuicio a terceros ni alteración del servicio público”.