Los trabajadores argentinos tienen desde esta semana un nuevo punto de apoyo internacional para discutir los límites al derecho de huelga que impuso la reforma laboral de Javier Milei. La Corte Internacional de Justicia, máximo órgano judicial de la ONU, sostuvo que el derecho de huelga de los trabajadores y sus organizaciones está protegido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicalización. La decisión no salió de un organismo sindical ni de una declaración política: la emitió el tribunal judicial principal de Naciones Unidas.
La Corte respondió una consulta formal de la OIT, que en noviembre de 2023 pidió una opinión consultiva por una disputa interna “seria y persistente” entre sus sectores tripartitos —gobiernos, empleadores y trabajadores— sobre si el Convenio 87 protege o no el derecho a la huelga. La pregunta enviada a La Haya fue directa: si el derecho de huelga de trabajadores y organizaciones está protegido por el Convenio sobre libertad sindical de 1948.
La respuesta también fue directa, aunque no unánime. La Corte decidió por diez votos contra cuatro que el derecho de huelga está protegido bajo ese convenio. Antes, había resuelto por unanimidad que tenía competencia para emitir la opinión y que correspondía responder al pedido de la OIT. El dato jurídico más fuerte es ese: la huelga queda reconocida como parte de la libertad sindical en el marco normativo internacional del trabajo.










