La Haya (EFE).- La protección del derecho a la huelga forma parte de las garantías reconocidas por el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), concluyó este jueves la Corte Internacional de Justicia (CIJ), máximo órgano judicial de la ONU.

En una opinión legal no vinculante, la Corte sostuvo que el derecho a la huelga de los trabajadores y de sus organizaciones está protegido por el Convenio núm. 87 de la OIT, adoptado en 1948, relativo a la libertad sindical.

Según esta resolución, el “sentido ordinario de los términos pertinentes del Convenio, interpretados de buena fe, en el contexto y a la luz del objeto y fin del tratado”, demuestra que la protección de la libertad sindical incluye también la protección del derecho de huelga.

Vista general del Palacio de la Paz en La Haya (Países Bajos). EFE/EPA/REMKO DE WAAL/ Archivo

Contenido, alcance o condiciones