La Audiencia Provincial de Madrid eleva de 45 a 73 millones la indemnizaci�n que el grupo debe pagar a la productora brit�nica ITV por emitir sin permiso el concurso televisivo durante siete a�os.La Audiencia Provincial de Madrid ha aumentado hasta 73 millones de euros la cantidad que deber� abonar Mediaset a la productora brit�nica ITV Studios, titular de los derechos de propiedad intelectual del concurso televisivo Pasapalabra, por las ganancias obtenidas por el uso del formato sin la autorizaci�n preceptiva.La resoluci�n pone fin al primer gran litigio que enfrent� al grupo propietario de Telecinco con la compa��a brit�nica.Esta disputa se remonta a octubre de 2019, cuando el Supremo oblig� a Telecinco a indemnizar a ITV y a dejar de emitir el programa al perder la demanda que la cadena hab�a presentado en 2010 contra la productora brit�nica.El auto judicial, fechado del pasado 16 de abril y contra el que no cabe recurso, estima en parte el recurso de apelaci�n interpuesto por ITV contra la resoluci�n dictada por el Juzgado de lo Mercantil n�mero 6 de Madrid en mayo de 2025 que cuantificaba en m�s de 45 millones de euros la cantidad que deb�a abonar Mediaset al grupo brit�nico por el beneficio il�cito generado por el uso del formato.Hace un a�o, este juzgado de lo mercantil cifr� en 44,3 millones de euros la indemnizaci�n por la condena a Mediaset por el beneficio il�cito derivado de los ingresos publicitarios directos, convencionales y no convencionales del programa. Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid dictamina que deben ser 73,2 millones de euros.La Audiencia Provincial de Madrid desestima por completo el recurso de Mediaset y eleva la indemnizaci�n por beneficios publicitarios de la compa��a hasta los 73,2 millones de euros. Adem�s, reconoce a ITV el denominado "efecto arrastre" o publicidad indirecta que el concurso generaba para los informativos que se emit�an a continuaci�n. La Audiencia de Madrid tambi�n reconoce una cuant�a por merchandising.En la resoluci�n, la Audiencia distingue entre beneficio contable y beneficio del infractor. Esta es la raz�n por la que se a�aden 27 millones a la condena. "El beneficio del infractor no es identificable con el concepto de beneficio en sentido contable. Aquel viene dado por los rendimientos econ�micos efectivamente obtenidos de la explotaci�n indebida del derecho ajeno, que resultan de la liquidaci�n de ingresos derivados de dicha explotaci�n y de los costes referibles en exclusiva a la actividad infractora. No deber�n tenerse en cuenta, por tanto, los que podr�amos denominar costes estructurales, gastos fijos o costes indirectos", se�ala.Asimismo, el tribunal tambi�n hace algunas aclaraciones sobre el concepto de "lucro de intervenci�n" y el objetivo de la indemnizaci�n: "Se trata, en definitiva, de retornar las ganancias producidas por la explotaci�n de un derecho a su sede propia, el patrimonio donde se encuadra tal derecho, persigui�ndose garantizar que la asignaci�n de bienes previamente determinada por el ordenamiento jur�dico (...) no se vea alterada por la intromisi�n de un tercero".La resoluci�n se ha conocido un d�a despu�s de que se hiciera p�blica la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a Atresmedia a cesar la emisi�n de El Rosco de 'Pasapalabra', al considerar que constituye una obra protegida por la propiedad intelectual, cuya titularidad corresponde a la empresa neerlandesa MC&F.Mediaset se hizo hace m�s de un a�o y medio con los derechos de El Rosco, la m�tica prueba final del concurso, seg�n un acuerdo al que lleg� con la productora holandesa MC&F y que estaba supeditado a que el Tribunal Supremo resolviera el litigo con Atresmedia, lo que ha ocurrido este jueves.