La VanguardiaBarcelona 22/05/2026 12:34 Actualizado a 22/05/2026 13:34 La Audiencia Provincial de Madrid ha elevado a 73,2 millones de euros la indemnización que Mediaset deberá abonar al grupo británico ITV Studios por la emisión del concurso 'Pasapalabra' sin la debida autorización entre los años 2012 y 2019. La resolución considera que la cadena obtuvo beneficios superiores a los estimados en primera instancia, lo que justifica el incremento de la cantidad respecto a los 44,3 millones inicialmente fijados por el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid.El tribunal incluye en el cálculo no solo los ingresos publicitarios directos del programa, sino también otras formas de explotación comercial, tanto convencionales como no convencionales. Además, incorpora el llamado “efecto arrastre”, es decir, el impacto que 'Pasapalabra' tenía en la audiencia de los informativos posteriores, lo que incrementaba indirectamente los ingresos del grupo televisivo.La sentencia, dictada el 16 de abril y ya firme, estima parcialmente el recurso presentado por ITV contra la resolución de primera instancia y da por cerrado el procedimiento de ejecución de la condena inicial dictada por el Tribunal Supremo en 2019. Aquella sentencia ya obligaba a Mediaset a cesar la emisión del programa y a indemnizar a la productora británica por la explotación no autorizada del formato.Con este nuevo fallo, la Audiencia refuerza el criterio de que la explotación sin licencia de un formato televisivo protegido obliga a devolver íntegramente los beneficios obtenidos. El tribunal respalda además la metodología utilizada por el perito judicial para el cálculo de los ingresos, rechazando las alternativas propuestas por Mediaset.La cadena defendía que la indemnización debía limitarse únicamente a la parte del programa directamente atribuible al formato protegido, así como aplicar el denominado “beneficio incremental”, es decir, la diferencia entre los ingresos de 'Pasapalabra' y los de cualquier otro espacio en la misma franja horaria. Sin embargo, la Audiencia rechaza ambos planteamientos al considerar que vaciarían de contenido la protección jurídica del formato.También desestima la pretensión de Mediaset de descontar gastos derivados de acuerdos con otras productoras vinculadas al programa, y rechaza la existencia de defectos procesales o indefensión durante la tramitación del procedimiento de ejecución. En consecuencia, impone a la cadena las costas del recurso de apelación.El fallo pone fin a uno de los litigios más relevantes de la televisión española en materia de propiedad intelectual, iniciado en 2010 entre Mediaset e ITV Studios. Tras años de recursos, el Supremo confirmó en 2019 la vulneración de derechos y la obligación de indemnizar, además de ordenar el cese de la emisión del programa en su configuración original.Esta resolución se da a conocer el día después de que el Tribunal Supremo confirmara que la prueba final de El Rosco constituye una obra protegida cuya titularidad corresponde a la productora neerlandesa MC&F Broadcasting Production. Esta decisión obliga a Atresmedia a dejar de emitir la prueba tal y como se conoce actualmente, aunque la cadena ha anunciado que seguirá emitiendo el concurso de forma habitual mientras se concreta la ejecución del fallo.En este contexto, también trascendió ayer que Mediaset habría alcanzado hace aproximadamente un año un acuerdo con MC&F para la explotación de El Rosco, un pacto condicionado a una resolución favorable del Supremo, que finalmente se ha producido. Este movimiento reabre el mapa de explotación del formato en la televisión española y añade una nueva capa al conflicto de derechos que rodea a 'Pasapalabra' desde hace más de una década.