Pregunta. En un contrato de alquiler de local comercial ¿pueden las partes acordar que no haya fianza? S. SainzRespuesta. La fianza en los arrendamientos para uso distinto del de vivienda, como es el caso de los locales comerciales, se encuentra regulada en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), siendo aplicables los artículos 36 y 4 de dicha norma.El artículo 36 establece que en los arrendamientos para uso distinto del de vivienda es obligatoria la prestación de una fianza en metálico equivalente a dos mensualidades de renta. Únicamente quedan exentas de esta obligación determinadas entidades públicas y organismos expresamente recogidos en el apartado sexto del citado artículo.Por su parte, el artículo 4.3 reconoce una amplia libertad de pacto en los arrendamientos para uso distinto del de vivienda, lo que permite que las partes puedan acordar contractualmente la no exigencia de fianza al arrendatario. No obstante, este pacto no libera al arrendador —salvo en los supuestos de exención legal— de su obligación de depositar la fianza ante el organismo autonómico competente, obligación cuyo incumplimiento puede dar lugar a sanciones administrativas, cuya cuantía y gravedad dependen de la normativa específica de cada comunidad autónoma.Por lo tanto, la obligación de depositar la fianza de un local comercial es legal, imperativa y recae exclusivamente sobre el arrendador, con independencia de que haya exigido o no dicha fianza al arrendatario. El propietario debe ingresar el importe equivalente a dos mensualidades de renta en el organismo autonómico correspondiente, por ejemplo, el IVIMA en la Comunidad de Madrid o el INCASÒL en Cataluña, dentro del plazo de 30 días hábiles desde la firma del contrato.Si tiene dudas, sugerencias o simplemente quiere contarnos su caso, puede enviarnos un email a vivienda@elpais.es. Los datos que facilite serán tratados por EDICIONES EL PAÍS, S.L.U., (C/ Miguel Yuste, 40, 28037-Madrid), con la finalidad de gestionar sus dudas y/o testimonios y elaborar contenido informativo. Podrá ejercer sus derechos reconocidos en materia de protección de datos a través de la dirección dpo@prisa.com acreditando su identidad e identificando el derecho que desea ejercitar. Para más información consulte la Política de Privacidad.
Voy a alquilar un local comercial. ¿Se puede prescindir de la fianza?
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