El tribunal concluye que no actuó con intención deliberada de faltar a la verdad
“Debemos absolver y absolvemos a Pedro Manuel San Ginés Gutiérrez”. El Tribunal Supremo ha exonerado al senador de Coalición Canaria de los delitos de acusación y denuncia falsa y de falso testimonio por los que fue juzgado el pasado 12 de marzo. Los magistrados han concluido que no hay pruebas suficientes de que el dirigente, cuando estaba al frente del Cabildo de Lanzarote, denunciara a sabiendas de la falsedad de los hechos para perjudicar a sus rivales políticos.
En una sentencia de 19 páginas, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, el alto tribunal explica que el hecho de que una investigación judicial acabe archivada “no permite la apertura automática de unas diligencias penales frente a quien, de buena fe, ha mantenido la acusación”. El Supremo se pronuncia así después de estudiar el caso de Sanginés, que en noviembre de 2009, tras tomar posesión como presidente del Cabildo de Lanzarote —y consecuentemente del Ente Público de Empresa Local-Centros de Arte, Cultura y Turismo (EPEL-CACT)—, presentó una denuncia por posibles contrataciones irregulares en dicha entidad. Sanginés apuntó como posible responsable al consejero delegado y, luego, a un determinado empresario. La entidad pública CACT de Lanzarote interpuso también una querella seis meses después en la misma línea. Un juzgado de Arrecife abrió causa, pero las archivó una década después, en noviembre de 2019.






