El decreto del anterior Ejecutivo autonómico prohibía la instalación de estos negocios a una distancia inferior a 850 metros de un centro educativo

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dictado cinco sentencias en las que desestima los recursos interpuestos por varias empresas y asociaciones empresariales contra el decreto del Consell, de 2021, que desarrolla las restricciones a los salones de juego y los locales de apuestas. ...

Las Cortes Valencianas aprobaron en 2020 con los votos a favor de los entonces tres grupos del Gobierno —PSPV, Compromís y UP— la nueva ley del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunidad Valenciana, que impide, entre otras cosas, la apertura de casas de apuestas a menos de 850 metros de colegios e institutos y obliga a que entre establecimientos medie una distancia mínima de 500 metros. Asociaciones y empresas del sector del juego recurrieron la normativa.

Los magistrados han emitido estos fallos después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en respuesta a varias cuestiones prejudiciales, sentenciara el pasado 16 de octubre que el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la UE no se opone a una normativa nacional que imponga a los operadores del sector del juego limitaciones como distancias mínimas entre sus establecimientos y de estos con respecto a centros educativos.