La regulación propuesta por el Gobierno se alinea con el principio del interés superior del menor, que obliga a anticiparse a daños previsibles. Pero una abogada y una pedagoga recuerdan que esta no sustituye al acompañamiento parental ni al papel de la escuela
La futura prohibición de que los menores de 16 años puedan acceder a redes sociales marca un nuevo capítulo en el debate sobre infancia, tecnología y responsabilidad pública.
r" title="https://elpais.com/sociedad/2026-02-04/las-claves-del-plan-de-sanchez-para-prohibir-las-redes-a-los-menores-de-16-anos-no-existe-la-tecnologia-para-hacerlo-de-forma-segura.html" data-link-track-dtm="">La medida, que el Gobierno de España prevé aprobar en las próximas semanas dentro del paquete normativo de protección de niños y adolescentes en entornos digitales, parte de una premisa clara: retrasar la entrada a plataformas diseñadas para captar atención, monetizar datos y fomentar la permanencia prolongada. Sigue la estela de la misma prohibición que entró en vigor en Australia el pasado mes de diciembre, y a la que planean sumarse Francia y Portugal.
Los defensores de esta regulación consideran que se trata de un paso necesario ante el aumento de problemas de salud mental, acoso, exposición a contenidos inadecuados y pérdida de privacidad entre menores. Sus detractores alertan, en cambio, de un giro paternalista que puede generar efectos contraproducentes y eludir el verdadero núcleo del problema: la falta de educación digital.






