La tarifa no podrá ser superior al 50% de la tarifa máxima que tuvo este servicio o producto en los 30 días naturales anteriores

El trágico accidente de trenes en Adamuz y el posterior corte de la vía de alta velocidad han supuesto un espectacular incremento de precios de los medios de transporte alternativos —sobre todo, el avión— que han soliviantado a los consumidores. Para atajarlo, el Ministerio de Consumo ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros un real decreto que permitirá al Ejecutivo topar precios de viajes, servicios o productos “en una situación de emergencia que altere de forma excepcional la oferta y la demanda”. Si la norma se convalida en el Congreso —el PP exigió hace unos días frenar estos abusos—, el propio Consejo de Ministros podrá establecer esos topes cuando lo considere necesario.

El decreto otorga al Ejecutivo la potestad de poner topes a los precios de billetes y productos cuando declare una situación de emergencia, fijando que el precio no podrá ser superior a la tarifa máxima que tuvo este servicio o producto en los 30 días naturales anteriores al comienzo de esta situación. Es decir, si un vuelo Madrid-Sevilla costaba como mucho 300 euros en el último mes, los billetes no podrían superar esa cifra por el aumento de demanda.