La magistrada ordena ejecutar la sentencia que obliga al ayuntamiento a admitirle en una OPE tras ser apartado pese a acreditar una discapacidad psíquica del 49%

Un Juzgado de Vitoria ha ordenado al Ayuntamiento de la capital vasca que admita provisionalmente al joven Aimar, de 21 años y con síndrome de trastorno espectral (TEA), como aspirante a una plaza de funcionario de carrera para personas con deficiencias mentales. El consistorio, que le excluyó en una oferta de empleo, deberá corregir sus exámenes y “estar al resultado de los mismos”. Esta decisión judicial refuerza la posición de Aimar y su familia, que decidieron llevar a los tribunales

-tribunales-para-impedir-que-un-joven-autista-participe-en-una-oposicion.html" target="_self" rel="" title="https://elpais.com/espana/2025-12-02/vitoria-pelea-en-los-tribunales-para-impedir-que-un-joven-autista-participe-en-una-oposicion.html" data-link-track-dtm="">su exclusión en una oposición pública para contratar a 14 personas como auxiliar de servicios en una convocatoria reservada a personas con discapacidad intelectual.

El caso de Aimar puede crear un precedente para las personas que como él aspiran a concurrir en una plaza pública de funcionario. Se presentó a una de las 14 plazas reservadas a personas con discapacidad intelectual en el proceso selectivo convocado por este consistorio para ingresar como funcionario de carrera, en tareas de auxiliar de servicios. La Concejalía de Función Pública lo excluyó de la lista de admitidos porque, en primera instancia, no justificó tener reconocida una discapacidad intelectual igual o superior al 33%, como establecían las bases de la oposición. Pero durante el proceso aportó documentación oficial concluyente sobre su situación de discapacidad, que alcanza el 49%, pero sin precisar si esta es de tipo intelectual, psíquica, física o sensorial. El Ayuntamiento, de forma cautelar, le dejó hacer los exámenes, pero no lo aceptó como admitido. Un juzgado de Vitoria falló el pasado mes de octubre que la decisión de excluir a Aimar “no es ajustada a derecho” y obliga al Ayuntamiento a readmitirlo.