La justicia europea responde al populismo homófobo al obligar a reconocer las bodas homosexuales en toda la Unión
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sancionado un gran avance en el reconocimiento y protección del colectivo LGTBIQ+ al sentenciar que todos los Estados miembros tienen la obligación de reconocer legalmente el matrimonio homosexual contraído por dos ciudadanos de la Unión en otro Estado miembro. El fallo, hecho público el...
pasado martes, responde a una cuestión prejudicial planteada hace dos años por un alto tribunal polaco, al que recurrieron dos ciudadanos de ese país, uno de los cuales posee también la nacionalidad alemana. La pareja se casó en Berlín en 2018 y cuando al año siguiente quisieron trasladarse a Polonia a vivir, el Registro Civil polaco denegó la inscripción de su enlace. Polonia no reconoce el matrimonio igualitario.
El tribunal sanciona que no reconocer una boda homosexual celebrada en otro Estado miembro viola derechos básicos reconocidos tanto por el Tratado de Funcionamiento de la UE como por su Carta de los Derechos Fundamentales: la libertad de circulación y de residencia, y el respeto a la vida privada y familiar. El veredicto recalca que la negativa de uno de los Veintisiete a reconocer el matrimonio en otro de ellos de dos ciudadanos del mismo sexo “entraña un riesgo concreto” de que cuando regresen a su país de origen se vea gravemente obstaculizada su vida familiar, por ejemplo, por problemas burocráticos. La obligación de dicho reconocimiento, además, no atenta contra la identidad nacional —una de las excusas de la derecha homófoba para atacar los derechos del colectivo— ni amenaza el orden público del país de origen de los cónyuges, pues no implica que este tenga la obligación de legalizar el matrimonio igualitario.












