Justo tres días después de que el Consejo de Ministros aprobara la norma para aumentar el permiso por nacimiento y cuidado de hijos en tres semanas (de 16 a 19, permitiendo el disfrute de las dos últimas hasta los ocho años del menor), la Justicia europea ha dado una estocada a España y le ha condenado a afrontar una multa de más de 6,8 millones de euros por no haber transpuesto a tiempo la Directiva europea sobre la conciliación de la vida laboral y familiar de progenitores y cuidadores, que obliga a realizar esta mejora en los permisos laborales por nacimiento, adopción y cuidado de hijos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha estimado el recurso planteado por la Comisión Europea en enero de 2024 como consecuencia de no integrar ordenamiento jurídico español en el plazo establecido las medidas para la conciliación aprobadas por Bruselas en 2019.
En una sentencia dictada este viernes, la máxima instancia judicial europea declara que España ha incumplido su obligación de transponer a tiempo la directiva, expirando incluso los plazos adicionales dados por Bruselas, y que “ha persistido en su incumplimiento” al no haber notificado la adopción de medidas para incluir las normas de conciliación en su legislación. Por ello, condena a pagar a la Comisión Europea una suma a tanto alzado de 6.832.000 euros, como solicitó el Ejecutivo europeo, y advierte de que si el incumplimiento persiste, se impondrá una multa coercitiva de 19.700 euros diarios a contar desde este viernes, fecha del dictado del fallo, y hasta que se ponga fin a dicho incumplimiento. Además, España deberá asumir todas las costas del proceso.








