La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una nueva multa de 20 millones de euros en un expediente sancionador en relación a la venta o alquiler de teléfonos móviles asociados al paquete Movistar Fusión o miMovistar que, a su vez, estaban vinculados a las obligaciones impuestas en 2015 por el regulador en relación a la compra de Distribuidora de Televisión por Satélite (DTS, antigua Sogecable, propietaria de Canal +), según la resolución a la que ha tenido acceso EL PAÍS. Como suele ser habitual en este tipo de expedientes, la operadora tiene previsto recurrir la sanción ante la Audiencia Nacional.
Entre los compromisos impuestos para autorizar la compra de DTS se encontraba que Telefónica no podía incluir obligaciones de permanencia a sus clientes que estuvieran asociadas, directa o indirectamente, a los servicios de televisión de pago, empaquetados o no con servicios de comunicaciones electrónicas. En julio de 2021, la CNMC ya consideró que la oferta de Telefónica Fusión+Smartphone —que incluía el alquiler de un smartphone sujeto a condiciones de permanencia durante el periodo de 36 meses que imponía el contrato— incumplía los compromisos, por lo que le instó a modificar las condiciones y a remitir información a los clientes y a la CNMC. En marzo de 2023, la CNMC multó con seis millones de euros por la infracción derivada del incumplimiento del compromiso de no incluir obligaciones de permanencia entre el 11 de abril y el 1 de agosto de 2021. La compañía recurrió la sanción.






