Por norma general, la pensión de orfandad se concede a los hijos biológicos o adoptados de la persona fallecida siempre que sean menores de 21 años, pudiendo cobrarla hasta los 25 si no trabajan o tienen ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que, recordemos, actualmente se sitúa en 17.094 euros brutos anuales.