NoticiaLos hombres deben definir su situación militar desde los 18 años, según la legislación colombiana. Foto: iStock, Ejército Nacional de Colombia08.09.2026 14:31 Actualizado: 08.09.2026 14:31
No presentarse a una citación de las autoridades de reclutamiento puede tener consecuencias económicas para quienes deben definir su situación militar en Colombia. La legislación contempla una sanción para las personas que adquieren la condición de remisos y no justifican su ausencia, con un límite que puede representar varios millones de pesos.Para los hombres colombianos existe la obligación de definir su situación militar desde los 18 años, mientras que la incorporación ordinaria a las filas tiene un límite de edad inferior. Por eso, una persona puede superar la edad para ser incorporada y aun así tener pendiente la regularización de su situación.Los hombres deben definir su situación militar desde los 18 años, según la legislación colombiana. Foto:Ejército Nacional de Colombia LEA TAMBIÉN ¿Quién es considerado remiso?La condición aparece cuando un individuo es citado a una jornada de concentración para su eventual incorporación y no asiste en la fecha, hora y lugar establecidos por las autoridades de reclutamiento.El artículo 42 de la Ley 48 de 1993 contempla una sanción económica para estos casos. La multa corresponde a dos salario mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) por cada año de retardo o fracción, con un límite máximo de 20 salarios mínimos.Con el salario mínimo mensual de 2026 fijado en $1.750.905, el tope asignado equivaldría a $35.018.100. Es decir, esa sería la cifra máxima que podría alcanzar esta sanción bajo ese esquema, no una suma que automáticamente deban pagar todos los ciudadanos que no hayan prestado servicio militar.Además, la propia legislación contempla una excepción para el remiso que posteriormente sea incorporado: en ese caso queda exento del pago de la multa correspondiente.Uno de los aspectos que suele generar confusión es la diferencia entre estar en condición de remiso y ser trasladado obligatoriamente por la fuerza pública para prestar el servicio.La normativa prohíbe que se realicen detenciones u operativos sorpresa con el propósito de aprehender a ciudadanos que no se hayan presentado a definir su situación militar.Los hombres deben definir su situación militar desde los 18 años, según la legislación colombiana. Foto:Ejército Nacional de Colombia LEA TAMBIÉN ¿Qué ocurre después de los 24 años?Otro punto importante es que la obligación de definir la situación militar no desaparece simplemente por cumplir 24 años.El limite máximo de incorporación al servicio es anterior a esa edad. Sin embargo, quienes superan ese límite todavía deben resolver su estatus y obtener la documentación correspondiente.En estos casos entran a operar reglas diferentes para determinar la compensación que debe pagar la persona. La Ley 2341 de 2023 estableció un sistema basado en los ingresos personales para quienes ya superaron el periodo máximo de incorporación.La cuota puede variar así:Sin ingresos: hasta el 5 % de un salario mínimo.Ingresos de hasta dos salarios mínimos: hasta el 15 % de un salario mínimo.Ingresos superiores a dos y hasta cuatro salarios mínimos: hasta el 25 % de un salario mínimo.Ingresos superiores a cuatro salarios mínimos: hasta el 50 % de un salario mínimo.Esto significa que una persona mayor de 24 años que todavía no haya definido su situación militar no necesariamente enfrenta una multa de varios millones de pesos. El cálculo depende de las condiciones previstas por la legislación para regularizar el trámite.Hay casos en los que no se debe prestar el servicioLa obligación constitucional tampoco significa que todos los hombres deban terminar necesariamente en las filas. La legislación contempla diferentes causales de exoneración.Entre ellas aparecen situaciones como:Ser hijo único. Tener la condición de padre de familia. Presentar una discapacidad permanente.Pertenecer a determinadas comunidades indígenas.Ser víctima del conflicto armado.Obtener el reconocimiento como objetor de conciencia.Estar dentro de determinados programas de protección.También existen causales de aplazamiento y situaciones que pueden impedir temporalmente la incorporación, como encontrarse cursando determinados estudios o no superar las evaluaciones psicofísicas exigidas.La propia Constitución establece en su artículo 216 que "todos los colombianos están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas lo exijan", pero también señala que corresponde a la ley determinar las condiciones que permiten quedar exento del servicio y las prerrogativas asociadas a su prestación.Los hombres deben definir su situación militar desde los 18 años, según la legislación colombiana. Foto:Ejército Nacional de Colombia LEA TAMBIÉN El punto central es que no prestar el servicio y no definir la situación militar son asuntos diferentes. Por eso, para quienes reciben una citación y no pueden acudir, lo importante es acreditar oportunamente la razón de la ausencia.La normativa contempla circunstancias como fuerza mayor, caso fortuito y errores atribuibles a la administración que pueden ser relevantes frente a la imposición de una sanción.Pablo Pachón Ramírez Redacción Alcance Digital EL TIEMPOMás noticias en EL TIEMPO Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.






