NoticiaMultas económicas por no presentar el servicio militar obligatorio Foto: Canva03.09.2026 17:38 Actualizado: 03.09.2026 17:38

La situación legal de un joven colombiano frente al Ejército Nacional cambia en el momento en que cumple los 18 años. Si el ciudadano no se presenta para prestar el servicio militar, ni justifica su inasistencia, pasa a ser considerado "remiso" y podría ser multado por las autoridades de reclutamiento.De acuerdo con los organismos nacionales, el servicio militar es obligatorio en Colombia, ya que "es un deber constitucional dirigido a todos los colombianos de servir a la patria, que nace al momento de cumplir su mayoría de edad para contribuir y alcanzar los fines del Estado encomendados a la fuerza pública".Servicio militar obligatorio en Colombia. Foto:Ejército Nacional¿Cuál es la multa económica por no presentar el servicio militar obligatorio en Colombia 2026?La multa económica a la que se enfrenta si no presenta el servicio militar obligatorio en Colombia, según el artículo 42 de la Ley 48 de 1993, corresponde a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) por cada año que se incumpla la citación, la cual es acumulable hasta un máximo de 20 salarios mínimos vigentes.Multas. Foto:iStockAl cumplir los 24 años, la situación legal de un ciudadano frente al Ejército Nacional cambia de manera drástica gracias a las garantías de la Ley 2341. A partir de esta edad, el Estado ya no puede obligar al ciudadano a incorporarse a filas, pero debe pagar una Cuota Única de Compensación Militar.Dicho acuerdo de pago se basa exclusivamente en los ingresos mensuales del ciudadano que no ha definido su situación militar, y se basa en la siguiente escala:Persona sin ingresos económicos debe pagar el 5% del SMMLV.Ingresos de hasta 2 salarios mínimos deben pagar el 15% del SMMLV.Ingresos entre 2 y 4 salarios mínimos deben pagar el 25% del SMMLV.Ingresos superiores a 4 salarios mínimos deben pagar el 50 % del SMMLV. LEA TAMBIÉN ¿Cuáles son las exoneraciones del servicio militar obligatorio en Colombia 2026?En Colombia, existen 16 causales de exoneración para no presentar el servicio militar obligatorio. Quienes se encuentren en alguna de las causales contempladas por la Ley 1861 de 2017 del Departamento Administrativo de la Función Pública serán exceptuados:Hijos únicos.Huérfano de padre o madre que atienda con su trabajo a la subsistencia de sus hermanos incapaces de ganarse el sustento.Hijos de padres mayores de 60 años o con discapacidad permanente que dependan económicamente de ellos.El hermano o hijo de quien haya muerto o adquirido una inhabilidad absoluta y permanente en combate, en actos del servicio o como consecuencia del mismo, durante la prestación del servicio militar obligatorio.Los hijos de oficiales, suboficiales, soldados e infantes de Marina profesionales, agentes, nivel ejecutivo y de la Fuerza Pública que hayan fallecido. LEA TAMBIÉN Los clérigos y religiosos de acuerdo a los convenios concordatarios vigentes.Los casados que hagan vida conyugal.Quienes acrediten la existencia de unión marital de hecho legalmente declarada.Personas en situación de discapacidad física, psíquica o sensorial permanente.Los indígenas que acrediten su integridad cultural, social y económica a través del Ministerio del Interior.Los varones colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino en su registro civil.Servicio militar obligatorio en Colombia 2026. Foto:Comando de Reclutamiento y Control del Ejército NacionalVíctimas del conflicto armado que se encuentren inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV).Los ciudadanos incluidos en el programa de protección a víctimas y testigos de la Fiscalía General de la Nación.Los ciudadanos objetores de conciencia.Los ciudadanos desmovilizados, previa acreditación de la Agencia Colombiana para la Reintegración.Padre de familia.Diana Vanessa Arévalo CorreaREDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS. Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.